/ miércoles 14 de febrero de 2024

¿Carreras? Ley garantiza seguridad de atletas, te decimos qué significa

Se menciona que el objetivo es dar seguridad a los participantes en carreras atléticas, organizadores y deportivas

Luego de que en el Congreso Local aprobara la Reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre, con el objetivo de dar seguridad a los participantes en carreras atléticas, organizadores y deportivas respaldaron la acción por considerar que de esta forma se tendrá mayor certeza de una adecuada organización.

¿Qué significa la reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre?

La reforma aprobada establece que las personas físicas o morales organizadoras de carreras atléticas en las diferentes distancias deberán solicitar un permiso a los ayuntamientos y al área de Protección Civil correspondiente, además, los corredores tendrán que presentar obligatoriamente un certificado médico vigente.

El organizador tendrá que presentar la ruta y el cupo de corredores; de rebasar lo permitido por parte de la autoridad, tendrá que reducir la capacidad para no exponer al atleta. Los corredores tendrán que utilizar los implementos solicitados de la justa convocada, de no portarlos, no podrán participar.

También cada atlética tiene que contar con la presencia de Protección Civil Municipal, además deberá tener una “barredora” obligada. Destacan que se incorpora a la ley que la realización de carreras atléticas sin autorización antes señalada por parte de las y los organizadores al realizar la competencia, dará lugar a una sanción económica de entre 300 y 600 unidades (UMA) de medida y actualización de acuerdo a la gravedad de la falta.

¿Qué opinan los organizadores?

“Yo creo que todo lo que suma al deporte y que de alguna manera norma y regula algunas actividades que estuvieran de por medio la seguridad de los atletas, es positivo”, dijo Sergio Vázquez, organizador del Maratón de Xalapa, competencia más importante en la ciudad.

Vázquez destacó que uno de los objetivos de esto “es el resguardo y la integridad de los competidores, por lo que indica que las autoridades de los diversos municipios, “coadyuven y participen en la organización de estos eventos”.

"Es relevante que entre organizadores y autoridades se haga una organización muy cercana para que los eventos cada vez sean con toda la seguridad, resguardando la integridad de los atletas, esto es lo fundamental, la coordinación entre organizadores y autoridades para poder hacer eventos".

Así mismo, puntualizó que se debe seguir fomentando el deporte y no permitir que exista un retroceso en su fomento, “y para ello creo que entre autoridades y organizadores particulares hay que ir de la mano para que este fin se logre", dijo el experto en organización.

Organizadores de carreras atléticas deberán solicitar un permiso al Ayuntamiento de Xalapa y PC | Foto ilustrativa: Cortesía | Carlos Canabal Obrador / Cuartoscuro.com

Abundó que la participación no será afectada, sin embargo, sí habría disminución de eventos por los requisitos, “que son más exigentes, y visto desde el lado de la organización, pues va a costar un poco de más de trabajo hacerlos".

Benéfico para cerreras de larga distancia

Mientras tanto, el expresidente de la Asociación Veracruzana de Atletismo, Mario Celis Díaz, aplaudió lo reformado, sin embargo, dice que hay más puntos que deben tomarse en cuenta.

"Esto me parece muy bien. Cuando se va con los niños a competir se le exige un certificado médico, una responsiva del papá y ahí mismo la responsiva del papá se le pregunta si está tomando algún medicamento a qué tiene derecho el niño o joven, al ISSSTE, Seguro Social o a particular, para saber con quién contar en caso de algún accidente".

También comentó que deben dejar un número telefónico para comunicarse inmediatamente con las personas indicadas en caso de cualquier percance. "También suma que a los corredores deben tomarle la presión antes de la competencia y si la presión es alta, si el médico o enfermero lo detecta, no debe permitir correr, porque es un riesgo peligroso”.

Indican que se debe seguir fomentando el deporte y no permitir que exista un retroceso en su fomento | Foto ilustrativa: Cortesía | Omar Martínez Noyola / Cuartoscuro.com

“Insisto me parece muy bien, y sobre todo en la carrera de largas distancias; además muy bien en la “barredores”, también los organizadores tiene que estar al tanto de cada corredor y ver que hayan cruzado la meta el último”.

Descartó que la nueva reforma perjudique a los organizadores, “al contrario los puede sacar de un problema, porque si alguien lo señala como culpables por un accidente durante la ruta, pero sí si siguen el protocolo no habrá problema siempre y cuando sigan lo reformado".

Falta información de las nuevas disposiciones

Aunque lo ve positivo, el profesor Ángel Luis Ceja García, organizador de la Tradicional Carrera del Pavo, dijo que debieron informarse más los que reformaron. "Desafortunadamente, esto que hicieron, pues nada más lo saben ellos, porque nunca han hecho una carrera, nada más la echaron a la deriva", indicó.

Sin embargo, ve algo positivo por la seguridad, pero insistió que debieron reunir a los organizadores para “brindar nuestro punto de vista”. "La veo bien y mal, esto porque hay que platicar con ellos, porque no sé de dónde sacaron todo eso, ahora falta que nos cobren por las carreras alguna cantidad de dinero. Creo que debieron hacer una junta para reunirnos a todos los que hacemos carreras para que nos explicaran y nosotros diríamos nuestros puntos y decir si está bien o está mal".

Señaló que podrían tener complicaciones en la organización, “aquellas personas que de la noche a la mañana hacen una carrera que normalmente son a beneficio para los niños que están enfermos o apoyos, por eso insisto, que deberían hacer un plan de trabajo”.

Señalan que la participación no será afectada, sin embargo, sí habría disminución de eventos por los requisitos | Foto ilustrativa: Cortesía | Omar Martínez Noyola / Cuartoscuro.com

Esteban Fragoso Domínguez, organizador de carreras importantes de Xalapa, dijo que ver bien lo reformado.

"Está muy bien, además para las personas novatas que inician en los trail; es muy significativo tener Protección Civil en el evento, efectivamente como dicen, hacer una ruta nosotros y se invita a PC y si detectamos lugares peligrosos, se descarta y se busca otro camino”.

En cuanto al número de participantes, indicó que de tener asistencia de 800 participantes cuando se esperaban 500, “duplicamos el staff y se pone más atención".

Del certificado médico dijo que es bueno, sin embargo, sabe que la tecnología está avanzada “y cualquiera puede hacer una falso, por eso una firma la responsiva, sin embargo, nosotros como organizadores tenemos la responsabilidad de irlos a buscar y cuidarlos en el recorrido, algo que siempre hemos realizado, porque la integridad física de ellos es primero”.

El organizador tendrá que presentar la ruta y el cupo de corredores | Foto ilustrativa: Cortesía | Omar Martínez Noyola / Cuartoscuro.com

¿Qué implica la reforma la Ley Orgánica del Municipio Libre?

La reforma aprobada dispone como atribución de los Ayuntamientos autorizar por conductos de su unidad municipal de Protección Civil la celebración de carreras atléticas organizadas por personas físicas o morales.

Uno de los requisitos es establecer un número máximo de personas corredoras, mismo que deberá guardar relación con las dimensiones de la vialidad a recorrer. Además, de observarse que el número de participantes previsto es mayor a la capacidad de la vialidad deberá reducir el número de corredores la organización por seguridad.

El segundo punto es instituir como requisito esencial para obtener la inscripción respectiva, el atleta deberá presentar el certificado médico que deberá respaldar un óptimo estado de salud para el esfuerzo físico requerido.

En el tercer punto se dice que en la convocatoria que se emite al público, atendiendo a la naturaleza de cada carrera, deberá considerar obligatorio el uso del equipamiento idóneo y necesario por parte de las personas participantes y se establece que ante la falta de algún elemento del equipo necesario, se denegará la participación de las personas atletas inscritas. También, tendrán que contemplar los mecanismos que permitan dar auxilio oportuno a las personas participantes que pudieran quedar rezagadas.

Los corredores tendrán que utilizar los implementos solicitados de la justa convocada | Foto ilustrativa: Cortesía | Enrique Ordoñez / Cuartoscuro.com

Se incorpora a la ley que la realización de carreras atléticas sin autorización antes señalada o la inabsorbencia de algunos de los requisitos por parte de las y los organizadores al realizar la competencia, dará lugar a una sanción económica de entre 300 y 600 unidades (UMA) de medida y actualización de acuerdo a la gravedad de la falta.

En el último punto, establecen como atribución de la Comisión Edilicia de Protección Civil, el supervisar la actuación de la Unidad Municipal de Protección Civil en lo relativo a las autorizaciones otorgadas por la celebración de carreras atléticas.

Luego de que en el Congreso Local aprobara la Reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre, con el objetivo de dar seguridad a los participantes en carreras atléticas, organizadores y deportivas respaldaron la acción por considerar que de esta forma se tendrá mayor certeza de una adecuada organización.

¿Qué significa la reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre?

La reforma aprobada establece que las personas físicas o morales organizadoras de carreras atléticas en las diferentes distancias deberán solicitar un permiso a los ayuntamientos y al área de Protección Civil correspondiente, además, los corredores tendrán que presentar obligatoriamente un certificado médico vigente.

El organizador tendrá que presentar la ruta y el cupo de corredores; de rebasar lo permitido por parte de la autoridad, tendrá que reducir la capacidad para no exponer al atleta. Los corredores tendrán que utilizar los implementos solicitados de la justa convocada, de no portarlos, no podrán participar.

También cada atlética tiene que contar con la presencia de Protección Civil Municipal, además deberá tener una “barredora” obligada. Destacan que se incorpora a la ley que la realización de carreras atléticas sin autorización antes señalada por parte de las y los organizadores al realizar la competencia, dará lugar a una sanción económica de entre 300 y 600 unidades (UMA) de medida y actualización de acuerdo a la gravedad de la falta.

¿Qué opinan los organizadores?

“Yo creo que todo lo que suma al deporte y que de alguna manera norma y regula algunas actividades que estuvieran de por medio la seguridad de los atletas, es positivo”, dijo Sergio Vázquez, organizador del Maratón de Xalapa, competencia más importante en la ciudad.

Vázquez destacó que uno de los objetivos de esto “es el resguardo y la integridad de los competidores, por lo que indica que las autoridades de los diversos municipios, “coadyuven y participen en la organización de estos eventos”.

"Es relevante que entre organizadores y autoridades se haga una organización muy cercana para que los eventos cada vez sean con toda la seguridad, resguardando la integridad de los atletas, esto es lo fundamental, la coordinación entre organizadores y autoridades para poder hacer eventos".

Así mismo, puntualizó que se debe seguir fomentando el deporte y no permitir que exista un retroceso en su fomento, “y para ello creo que entre autoridades y organizadores particulares hay que ir de la mano para que este fin se logre", dijo el experto en organización.

Organizadores de carreras atléticas deberán solicitar un permiso al Ayuntamiento de Xalapa y PC | Foto ilustrativa: Cortesía | Carlos Canabal Obrador / Cuartoscuro.com

Abundó que la participación no será afectada, sin embargo, sí habría disminución de eventos por los requisitos, “que son más exigentes, y visto desde el lado de la organización, pues va a costar un poco de más de trabajo hacerlos".

Benéfico para cerreras de larga distancia

Mientras tanto, el expresidente de la Asociación Veracruzana de Atletismo, Mario Celis Díaz, aplaudió lo reformado, sin embargo, dice que hay más puntos que deben tomarse en cuenta.

"Esto me parece muy bien. Cuando se va con los niños a competir se le exige un certificado médico, una responsiva del papá y ahí mismo la responsiva del papá se le pregunta si está tomando algún medicamento a qué tiene derecho el niño o joven, al ISSSTE, Seguro Social o a particular, para saber con quién contar en caso de algún accidente".

También comentó que deben dejar un número telefónico para comunicarse inmediatamente con las personas indicadas en caso de cualquier percance. "También suma que a los corredores deben tomarle la presión antes de la competencia y si la presión es alta, si el médico o enfermero lo detecta, no debe permitir correr, porque es un riesgo peligroso”.

Indican que se debe seguir fomentando el deporte y no permitir que exista un retroceso en su fomento | Foto ilustrativa: Cortesía | Omar Martínez Noyola / Cuartoscuro.com

“Insisto me parece muy bien, y sobre todo en la carrera de largas distancias; además muy bien en la “barredores”, también los organizadores tiene que estar al tanto de cada corredor y ver que hayan cruzado la meta el último”.

Descartó que la nueva reforma perjudique a los organizadores, “al contrario los puede sacar de un problema, porque si alguien lo señala como culpables por un accidente durante la ruta, pero sí si siguen el protocolo no habrá problema siempre y cuando sigan lo reformado".

Falta información de las nuevas disposiciones

Aunque lo ve positivo, el profesor Ángel Luis Ceja García, organizador de la Tradicional Carrera del Pavo, dijo que debieron informarse más los que reformaron. "Desafortunadamente, esto que hicieron, pues nada más lo saben ellos, porque nunca han hecho una carrera, nada más la echaron a la deriva", indicó.

Sin embargo, ve algo positivo por la seguridad, pero insistió que debieron reunir a los organizadores para “brindar nuestro punto de vista”. "La veo bien y mal, esto porque hay que platicar con ellos, porque no sé de dónde sacaron todo eso, ahora falta que nos cobren por las carreras alguna cantidad de dinero. Creo que debieron hacer una junta para reunirnos a todos los que hacemos carreras para que nos explicaran y nosotros diríamos nuestros puntos y decir si está bien o está mal".

Señaló que podrían tener complicaciones en la organización, “aquellas personas que de la noche a la mañana hacen una carrera que normalmente son a beneficio para los niños que están enfermos o apoyos, por eso insisto, que deberían hacer un plan de trabajo”.

Señalan que la participación no será afectada, sin embargo, sí habría disminución de eventos por los requisitos | Foto ilustrativa: Cortesía | Omar Martínez Noyola / Cuartoscuro.com

Esteban Fragoso Domínguez, organizador de carreras importantes de Xalapa, dijo que ver bien lo reformado.

"Está muy bien, además para las personas novatas que inician en los trail; es muy significativo tener Protección Civil en el evento, efectivamente como dicen, hacer una ruta nosotros y se invita a PC y si detectamos lugares peligrosos, se descarta y se busca otro camino”.

En cuanto al número de participantes, indicó que de tener asistencia de 800 participantes cuando se esperaban 500, “duplicamos el staff y se pone más atención".

Del certificado médico dijo que es bueno, sin embargo, sabe que la tecnología está avanzada “y cualquiera puede hacer una falso, por eso una firma la responsiva, sin embargo, nosotros como organizadores tenemos la responsabilidad de irlos a buscar y cuidarlos en el recorrido, algo que siempre hemos realizado, porque la integridad física de ellos es primero”.

El organizador tendrá que presentar la ruta y el cupo de corredores | Foto ilustrativa: Cortesía | Omar Martínez Noyola / Cuartoscuro.com

¿Qué implica la reforma la Ley Orgánica del Municipio Libre?

La reforma aprobada dispone como atribución de los Ayuntamientos autorizar por conductos de su unidad municipal de Protección Civil la celebración de carreras atléticas organizadas por personas físicas o morales.

Uno de los requisitos es establecer un número máximo de personas corredoras, mismo que deberá guardar relación con las dimensiones de la vialidad a recorrer. Además, de observarse que el número de participantes previsto es mayor a la capacidad de la vialidad deberá reducir el número de corredores la organización por seguridad.

El segundo punto es instituir como requisito esencial para obtener la inscripción respectiva, el atleta deberá presentar el certificado médico que deberá respaldar un óptimo estado de salud para el esfuerzo físico requerido.

En el tercer punto se dice que en la convocatoria que se emite al público, atendiendo a la naturaleza de cada carrera, deberá considerar obligatorio el uso del equipamiento idóneo y necesario por parte de las personas participantes y se establece que ante la falta de algún elemento del equipo necesario, se denegará la participación de las personas atletas inscritas. También, tendrán que contemplar los mecanismos que permitan dar auxilio oportuno a las personas participantes que pudieran quedar rezagadas.

Los corredores tendrán que utilizar los implementos solicitados de la justa convocada | Foto ilustrativa: Cortesía | Enrique Ordoñez / Cuartoscuro.com

Se incorpora a la ley que la realización de carreras atléticas sin autorización antes señalada o la inabsorbencia de algunos de los requisitos por parte de las y los organizadores al realizar la competencia, dará lugar a una sanción económica de entre 300 y 600 unidades (UMA) de medida y actualización de acuerdo a la gravedad de la falta.

En el último punto, establecen como atribución de la Comisión Edilicia de Protección Civil, el supervisar la actuación de la Unidad Municipal de Protección Civil en lo relativo a las autorizaciones otorgadas por la celebración de carreras atléticas.

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