/ viernes 26 de abril de 2024

Gana México panel laboral sobre la mina San Martín

El conflicto entre mineros y Grupo México se originó en 2007

México ganó el panel laboral del T-MEC de la mina San Martín, ubicada en el municipio de Sombrerete Zacatecas y operada por Grupo México, informó la Secretaría de Economía.

Tras un Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR), realizado en el marco del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el panel arbitral falló a favor de México.

Este caso surgió luego de que el gobierno estadounidense pidió revisar la presunta denegación de derechos en perjuicio del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (Sindicato Minero) por parte de Grupo México.

El conflicto entre mineros y Grupo México se originó en 2007, cuando el Sindicato Minero entró en una huelga que se prolongó durante 16 años.

Sin embargo, los árbitros del panel determinaron que no tenían la jurisdicción para pronunciarse sobre la denegación de derechos los sindicales de mineros en la mina San Martín debido a que es un conflicto laboral previo a la firma del T-MEC y la reforma laboral de 2019.

“En concordancia con la posición defendida por México, el panel trinacional concluyó que la denegación de derechos sindicales sólo puede ser imputada a hechos posteriores a la entrada en vigor del T-MEC y sujetos a la Reforma Laboral de 2019. Los hechos presentados por Estados Unidos no cumplían con estos criterios, según lo establecido por el panel”, informó la Secretaría de Economía.

La dependencia federal detalló que en el caso de la mina San Martín, aunque Grupo México sí violó los derechos y libertades sindicales de mineros durante 16 años, el tema sólo puede corregirse frente a autoridades nacionales que sí tienen jurisdicción en el caso, como ya está ocurriendo.

“La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje previo a la controversia internacional ya había atribuido la responsabilidad de la huelga a la parte patronal, ordenando el pago de salarios caídos y diversas prestaciones”, recordó la Secretaría.

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El Gobierno mexicano celebró esta resolución en el marco del T-MEC debido a que aún cuando el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida es una herramienta para proteger los derechos laborales, “para mantener su eficacia y evitar su desgaste, es crucial que su aplicación sea razonable, proporcional y de buena fe”.

México ganó el panel laboral del T-MEC de la mina San Martín, ubicada en el municipio de Sombrerete Zacatecas y operada por Grupo México, informó la Secretaría de Economía.

Tras un Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR), realizado en el marco del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el panel arbitral falló a favor de México.

Este caso surgió luego de que el gobierno estadounidense pidió revisar la presunta denegación de derechos en perjuicio del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (Sindicato Minero) por parte de Grupo México.

El conflicto entre mineros y Grupo México se originó en 2007, cuando el Sindicato Minero entró en una huelga que se prolongó durante 16 años.

Sin embargo, los árbitros del panel determinaron que no tenían la jurisdicción para pronunciarse sobre la denegación de derechos los sindicales de mineros en la mina San Martín debido a que es un conflicto laboral previo a la firma del T-MEC y la reforma laboral de 2019.

“En concordancia con la posición defendida por México, el panel trinacional concluyó que la denegación de derechos sindicales sólo puede ser imputada a hechos posteriores a la entrada en vigor del T-MEC y sujetos a la Reforma Laboral de 2019. Los hechos presentados por Estados Unidos no cumplían con estos criterios, según lo establecido por el panel”, informó la Secretaría de Economía.

La dependencia federal detalló que en el caso de la mina San Martín, aunque Grupo México sí violó los derechos y libertades sindicales de mineros durante 16 años, el tema sólo puede corregirse frente a autoridades nacionales que sí tienen jurisdicción en el caso, como ya está ocurriendo.

“La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje previo a la controversia internacional ya había atribuido la responsabilidad de la huelga a la parte patronal, ordenando el pago de salarios caídos y diversas prestaciones”, recordó la Secretaría.

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El Gobierno mexicano celebró esta resolución en el marco del T-MEC debido a que aún cuando el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida es una herramienta para proteger los derechos laborales, “para mantener su eficacia y evitar su desgaste, es crucial que su aplicación sea razonable, proporcional y de buena fe”.

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