Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN) resolvió no ejercer su facultad de atracción para conocerel amparo en revisión que solicitó Diego “N” contra el autode formal prisión que se le dictó por su probable responsabilidaden la comisión del delito de pederastia.
Durante la sesión de este miércoles, la Primera Sala del AltoTribunal consideró que el caso del presuntopederasta porque no guarda interés ytrascendencia.
Diego Cruz fue señalado entre los cuatro jóvenes violadoresconocidos como los Porkys.
La Corte resolvió por mayoría devolver el amparo al SegundoTribunal Colegiado en Materia Penal del estado de Veracruz para quedetermine lo que corresponda.
El expediente fue turnado a la ministra Norma Piña Hernández,quien presentó un proyecto de resolución en el que planteó quela Corte no debía ejercer su facultad de atracción del amparo enrevisión 401/2017.
En el caso, la noche del 2 de enero de 2015, cuatro amigos defamilias adineradas de Veracruz, entre ellos, Diego “N”,obligaron a una menor a subir a un auto donde presuntamente elacusado abusó de ella.
El 8 de febrero de 2017, Diego “N” solicitó el amparocontra el auto de formal prisión del 23 de enero de 2017, emitidoen la causa penal número 83/2016 del Juzgado Tercero de PrimeraInstancia en Materia Penal, en Veracruz, por la probable comisióndel delito de pederastia.
El 22 de marzo de 2017, el Juzgado Tercero de Distrito en elEstado de Veracruz resolvió conceder el amparo al quejoso, porconsiderar que no se encuentran acreditados los elementos deldelito de pederastia ni su probable responsabilidad.
Lo anterior, a fin de restituir al quejoso en el goce y disfrutedel derecho humano violado.
El amparo otorgado es para el efecto de que la autoridadresponsable, el juez tercero de Primera Instancia con residencia enVeracruz, deje insubsistente el auto de formal prisión dictado el23 de enero del año pasado.