El Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia del Estado aprobó continuar con la suspensión de labores del 31 de agosto al 16 de septiembre en las materias: civil, mercantil, familiar, penal, así como la modalidad digital y oral mercantil.
La decisión fue tomada ante las condiciones de salud causadas por la pandemia por Covid-19.
A través de un oficio se dio a conocer que tras una sesión realizada este día, se aprobó continuar con la suspensión de labores en la que no se contabilizan los días 14, 15 y 16 de septiembre, los cuales fueron declarados inhábiles desde enero pasado.
Se indicó que los órganos jurisdiccionales en las materias familiar y penal serán los únicos que funcionarán bajo el sistema de guardias tradicionales para los días inhábiles, misma que deberá elaborar el correspondiente titular y enviarla a la Secretaría del Consejo de la Judicatura.
En materia Penal permanecerá la suspensión de labores del día 31 de agosto y al 13 de septiembre del año en curso, continuando las actividades jurisdiccionales, de manera enunciativa mas no limitativa, cuando se afecten derechos de niñas, niños y adolescentes, grupos vulnerables y personas privadas de la libertad, así como a los casos urgentes previstos por el numeral 94 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
En los Juzgados Municipales se mantendrá su funcionamiento en la competencia y actividades conferidas en términos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz; bajo el sistema de guardias.
"Es necesario continuar trabajando mediante el sistema de guardias, para el efecto de que los abogados postulantes y/o representantes legalmente autorizados continúen con la oportunidad de iniciar procesos y procedimientos en las materias referidas y como consecuencia la recepción de demandas y promociones iniciales de diligencias de jurisdicción voluntaria, providencias precautorias y medios preparatorios a juicio, así como promociones de los procesos en trámite y los diversos medios de impugnación, los cuales se acordarán de manera progresiva durante el periodo de la suspensión", se expone en el documento.
Asimismo, se estableció que en la página oficial del Poder Judicial continúa habilitado el sistema de citas para la consulta de expedientes, notificaciones de sentencias, resoluciones interlocutorias y demás acuerdos de trámite.
Respecto de las sentencias, resoluciones interlocutorias y demás acuerdos notificados de manera personal o por lista de acuerdos y los que se sigan notificando, sin que se reanuden plazos procesales, se podrá presentar cualquier medio impugnativo a través del referido sistema de citas, en contra de los mismos.
La consulta de expedientes, notificaciones de sentencias y resoluciones se agendarán únicamente para los días martes y jueves de las 8:30 a las 14:00 horas. Para cada turno ingresará una persona, quien tendrá un tiempo no mayor a 20 minutos entre cada cita para consulta y notificación, con el fin de evitar la aglomeración de personas en las instalaciones que ocupan los órganos jurisdiccionales.
"Únicamente se atenderá a la persona autorizada en autos, previa cita y exhibiendo el respectivo acuse impreso o digital, destinándose lugar especial para su estudio, de acuerdo a la funcionalidad de cada uno de los mismos; pudiendo los usuarios agendar cita en los días y horas señaladas cualquier día de la semana, siempre que existan horarios disponibles durante el periodo del 31 de agosto al 10 de septiembre", se indicó.
En los Distritos Judiciales donde exista Central de Actuarios, el personal de éstas deberá brindar el apoyo necesario a los Juzgados de su competencia, a fin de realizar las diligencias de notificación de sentencias y resoluciones los días que se agenden citas sin que ello implique la reanudación de los plazos procesales.
Se determinó que durante la contingencia, por cuanto hace al funcionamiento de las áreas administrativas del Poder Judicial para no afectar su debida operación en la competencia de cada una de ellas y continuar con todos los procedimientos, los servidores públicos desempeñarán su trabajo presencialmente o a distancia, de conformidad con la organización que se defina por el titular de cada una de ellas, salvo quienes gocen de licencias.