Xalapa, Ver.- En sesión ordinaria del Consejo Universitario General (CUG), tras análisis y discusión, con 317 votos a favor, 17 en contra y 22 abstenciones, fue aprobado por mayoría el Anteproyecto de la Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana.
Con cierre de registro de “quorum” a las 9:15 de este 22 de marzo, en la sesión participaron 356 personas de la comunidad universitaria; en porcentajes, el documento contó con el respaldo del 89 por ciento, el cinco por ciento estuvo en contra y seis por ciento se manifestó por la abstención.
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¿Por qué era importante reformar la Ley Orgánica de la UV?
Según los lineamientos, el proyecto resultante y su correspondiente exposición de motivos se pondrán a consideración del Congreso del Estado de Veracruz para los efectos procedentes.
De acuerdo con lo expresado por el CUG y el rector Martín Aguilar Sánchez, se trata de la próxima Ley pública que los regirá como universidad pública y autónoma, “con una visión de futuro, con democracia y transparencia”.
“Una ley que debe ser referente para el quehacer institucional, que al aplicarse se traducirá en nuevos objetivos y avances”, añadió.
Aguilar Sánchez puntualizó que también dará sustento al compromiso social y a sus objetivos de poner en un primer plano a los derechos humanos, ejes que atraviesan todo el documento.
“Es un documento conciso y pertinente que da respuesta a los complejos retos que en la actualidad enfrentamos como universidad pública”, expresó luego de reconocer la labor de la Comisión Transitoria del CUG.
Dijo que durante dos años, el proceso logró una participación inédita entre la comunidad universitaria de la UV, pues hubo mil 16 propuestas que enriquecieron el proceso de análisis y discusión.
Aclaró que su agradecimiento no solo era para las propuestas que apuntaban en el mismo sentido del Anteproyecto sino también aquellas que se manifestaron en contra de dicha orientación, pues les hacen reflexionar sobre las temáticas planteadas.
Explicó que el Anteproyecto forma parte de su plan de trabajo 2021-2025, por una transformación integral, y recordó que la aprobación del 21 de abril de 2021 de la Ley General de Educación Superior instaba a la UV y a las universidades a la revisión estructural y sistemática de la normatividad universitaria.
Enfatizó que se debía crear una Ley Orgánica armonizada en términos constitucionales y convencionales con la protección y derecho humano a la educación superior.
Esta circunstancia, manifestó, fue la que abrió un espacio de oportunidad para generar una Ley que dote a la UV de una mayor flexibilidad para las reformas académicas y de gestiones necesarias para el sólido desarrollo institucional y acorde con la trascendencia de las funciones sustantivas.
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“Se trata de una propuesta concisa y directa basada no en todo lo que la ley debe contener sino en aquello que no debe ignorar. Desde esta perspectiva, en la normatividad secundaria se hallarán los procesos y procedimientos que corresponden a cada uno de sus apartados y artículos”, indicó.
El rector destacó también que el documento recupera los principios generales de la Ley de Autonomía en todos sus términos y, a diferencia de verlo como un ordenamiento por separado, los enmarca en la estructura y las funciones de la institución en su conjunto.
De igual forma señaló que se inscribe en un marco nacional en el que varias universidades públicas están empeñadas en reformar y actualizar sus respectivas leyes y ponerlas acorde con los tiempos sociales actuales.
¿Cómo está integrado en Anteproyecto de la Ley Orgánica de la UV?
De acuerdo con el Anteproyecto, disponible de manera pública, está integrado con una estructura de cinco títulos y dieciocho capítulos, así como artículos transitorios.
“El Título Primero, De la naturaleza jurídica, la autonomía, los fines, las funciones y las facultades, se conforma de tres capítulos denominados De la naturaleza jurídica y la autonomía; De los fines y las funciones y De las facultades.
El Título Segundo, relacionado con el patrimonio universitario, comprende dos capítulos:
De la integración del patrimonio universitario y Del régimen jurídico y la administración del patrimonio universitario.
El Título Tercero, De las autoridades universitarias, abarca diez capítulos que aluden a las
Autoridades, Consejo Universitario General, Junta de Gobierno, Rectoría, Secretarías, Oficina de la Abogacía General, Consejos Universitarios Regionales, Vicerrectorías, Secretarías Regionales y Entidades Académicas.
El Título Cuarto se refiere a la Defensoría de los Derechos Universitarios y se integra por un solo capítulo del mismo nombre.
El Título Quinto, denominado De la comunidad universitaria y de las responsabilidades, comprende dos capítulos atinentes a las personas integrantes de la comunidad universitaria y las responsabilidades”.