/ miércoles 9 de diciembre de 2020

Ayuntamientos ya no podrán cobrar por copias de actas

La SCJN declaró la invalidez de las disposiciones en las que se establecía el cobro por la expedición de copias simples, certificadas e impresiones

Xalapa, Ver.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de las leyes de ingresos municipales del estado de Veracruz, que preveían el cobro de derechos por expedición de copias y registro extemporáneo de nacimiento.

En sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó los preceptos de las Leyes de Ingresos de diversos municipios del estado donde se establecían cuotas por concepto de expedición de copias, por vulnerar el principio de proporcionalidad tributaria al no tener una base objetiva y razonable que se basara en el costo de los insumos utilizados para la prestación del servicio.

Al respecto, se destacó que las normas invalidadas también contravenían el principio de seguridad jurídica por establecer un parámetro mínimo y máximo para el cobro del derecho por certificación de documentos, además de que preveían una cuota por la búsqueda de estos cuando el interesado no proporcionara los datos exactos para su localización.

Asimismo, declaró la invalidez de las disposiciones en las que se establecía el cobro por la expedición de copias simples, certificadas e impresiones, solicitadas en el contesto de un procedimiento de transparencia, pues dichos preceptos vulneraban el principio de gratuidad del acceso a la información pública contenido en el artículo 6 de la Constitución General.

Además, invalidó el artículo 12, en la porción normativa “Registro de nacimientos extemporáneos 1.5” de la Ley de Ingresos del Municipio de Minatitlán, por vulnerar el derecho a la gratuidad del registro de nacimiento y a la expedición de la primera copia certificada del acta respectiva.

La Acción de Inconstitucionalidad 105/2020 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, demandó la invalidez de diversas disposiciones de Leyes de Ingresos municipales del estado de Veracruz para el ejercicio fiscal 2020, publicadas en la Gaceta Oficial de la entidad de 31 de diciembre de 2019, publicados en el periódico oficial del estado el 31 de diciembre de 2019.

Xalapa, Ver.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de las leyes de ingresos municipales del estado de Veracruz, que preveían el cobro de derechos por expedición de copias y registro extemporáneo de nacimiento.

En sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó los preceptos de las Leyes de Ingresos de diversos municipios del estado donde se establecían cuotas por concepto de expedición de copias, por vulnerar el principio de proporcionalidad tributaria al no tener una base objetiva y razonable que se basara en el costo de los insumos utilizados para la prestación del servicio.

Al respecto, se destacó que las normas invalidadas también contravenían el principio de seguridad jurídica por establecer un parámetro mínimo y máximo para el cobro del derecho por certificación de documentos, además de que preveían una cuota por la búsqueda de estos cuando el interesado no proporcionara los datos exactos para su localización.

Asimismo, declaró la invalidez de las disposiciones en las que se establecía el cobro por la expedición de copias simples, certificadas e impresiones, solicitadas en el contesto de un procedimiento de transparencia, pues dichos preceptos vulneraban el principio de gratuidad del acceso a la información pública contenido en el artículo 6 de la Constitución General.

Además, invalidó el artículo 12, en la porción normativa “Registro de nacimientos extemporáneos 1.5” de la Ley de Ingresos del Municipio de Minatitlán, por vulnerar el derecho a la gratuidad del registro de nacimiento y a la expedición de la primera copia certificada del acta respectiva.

La Acción de Inconstitucionalidad 105/2020 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, demandó la invalidez de diversas disposiciones de Leyes de Ingresos municipales del estado de Veracruz para el ejercicio fiscal 2020, publicadas en la Gaceta Oficial de la entidad de 31 de diciembre de 2019, publicados en el periódico oficial del estado el 31 de diciembre de 2019.

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