/ miércoles 30 de septiembre de 2020

Código Electoral debe corregir modificaciones aprobadas en julio: Diputada

En la propuesta se indica que los candidatos deberán presentar su cuenta pública que indique que tiene un modo honesto de vivir

Xalapa Ver.- Con el pretexto de mejorar las reglas operativas para el próximo proceso electoral y garantizar los derechos político-electorales de los candidatos que participen en dicha contienda, se presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar el Código Electoral del Estado.

La propuesta fue hecha por la diputada de Morena, Mónica Robles Barajas, y se trata de una modificación a los cambios que ya se habían aprobado el pasado 28 de julio en el Congreso local.

En la misma, se contempla el cumplimiento forzoso de la paridad de género para las diputaciones, las presidencias municipales y las sindicaturas; se plantean cambios en los procesos internos de los candidatos; se modifican los tiempos para las precampañas; se indica que los candidatos deban presentar su cuenta pública que indique que tiene un modo honesto de vivir; y se determina que los Consejos Distritales serán los responsables de realizar los cómputos municipales.

Para la presentación de la propuesta se consideró que resulta necesario realizar precisiones al Código Electoral para un mejor desarrollo de la jornada electoral, a efecto de contar con mayor certeza al momento del ejercicio de los derechos político-electorales de las y los ciudadanos.

En la reforma anterior se establecieron los tiempos para los procesos internos de la selección de candidatos y precampañas, pero se estimó que se da pauta a una falta de sincronía con los procedimientos de fiscalización de las precampañas realizadas por el Instituto Nacional Electoral (INE), por lo que se dispuso a modificar los plazos para que se puedan cumplir con las condiciones de validez de dicha etapa.

Ante la desaparición de los Consejos Municipales, se plantea igualar la temporalidad de instalación de los Consejos Distritales con los Municipales Especiales a más tardar el segundo domingo de febrero, a fin de que ambos puedan contar con mes y medio para realizar las labores de adaptación, planeación, capacitación y logística.

Asimismo, se establecen las bases para el desarrollo del mecanismo de asignación de los bloques de competitividad en el registro de candidatas y candidatos por ambos principios, mayoría relativa y representación proporcional.

Ello, dado que los partidos políticos no podrán incumplir con el principio de paridad de género en ninguna de sus vertientes, bajo el argumento de postular a candidatos que deseen reelegirse.

Para las diputaciones de mayoría relativa se establece que en los Distritos donde los partidos políticos no hubieran postulado candidaturas en el proceso electoral anterior, sus postulaciones deberán incluir el principio de homogeneidad en las fórmulas y paridad horizontal.

Por cada partido político se enlistarán los Distritos en los que postuló candidaturas en los comicios anteriores, ordenados de manera decreciente conforme al porcentaje de votación obtenido. Para ello, se deberán especificar tres bloques: Votación con porcentaje alto, porcentaje intermedio y baja votación.

Además de verificar la paridad, se analizará la distribución paritaria entre los géneros conforme a la postulación que se realice en cada Distrito.

En los municipios en los cuales los partidos políticos no hayan postulado candidaturas para la presidencia municipal y sindicatura en los comicios anteriores, deberán cumplir con el principio de homogeneidad y paridad en las fórmulas.

Únicamente podrán ser registrados para el municipio en que fueron electos previamente, debiendo contar los interesados con la presentación de sus cuentas públicas en el primer año de gestión, dentro de lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado, como elemento para demostrar que cuenta con un modo honesto de vivir.

En la propuesta se indica que el Código Electoral contempla dos secciones separadas en relación con los cómputos electorales, denominados: De los resultados de los cómputos municipales y De los resultados de los cómputos distritales.

Tal acto se establece porque los cómputos municipales tienen su propia naturaleza, lo cual se considera innecesario, por lo que se determina que los Consejos Distritales llevarán a cabo los cómputos municipales.

Cortesía | @CongresoVeracruz

Los procesos internos de selección de candidatos de los partidos políticos iniciarán a partir del tercer domingo del mes de enero del año correspondiente a la elección y deberán concluir a más tardar el segundo domingo del mes de marzo.

Por lo menos siete días antes del inicio formal de los procesos cada partido determinará el procedimiento aplicable para la selección de sus candidatos y candidatas a cargos de elección popular. La determinación será comunicada al Organismo Público Local Electoral (OPLE) dentro de las 72 horas siguientes a su aprobación.

Las precampañas iniciarán el cuarto domingo de enero del año de la elección y concluirán el cuarto domingo de febrero.

La instalación del Consejo General será en la primera semana del mes de enero de la elección y de los Consejos Municipales Especiales y los Consejos Distritales a más tardar el segundo domingo de febrero, ello sin perjuicio de las actividades concurrentes con el INE.

Del primero al diez de febrero el Consejo General del OPLE propondrá los nombramientos de las consejeras y consejeros, así como de los funcionarios electorales que pertenecerán a los Consejos Municipales Especiales y los Consejos Distritales, mismos que deberán ser nombrados a más tardar el segundo sábado de febrero.

A más tardar el 27 de abril del año de la elección los Consejos Distritales y los Consejos Municipales Especiales publicarán en cada municipio, numeradas progresivamente, la relación de casillas electorales que instalarán, su ubicación y el nombre de sus integrantes.

Xalapa Ver.- Con el pretexto de mejorar las reglas operativas para el próximo proceso electoral y garantizar los derechos político-electorales de los candidatos que participen en dicha contienda, se presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar el Código Electoral del Estado.

La propuesta fue hecha por la diputada de Morena, Mónica Robles Barajas, y se trata de una modificación a los cambios que ya se habían aprobado el pasado 28 de julio en el Congreso local.

En la misma, se contempla el cumplimiento forzoso de la paridad de género para las diputaciones, las presidencias municipales y las sindicaturas; se plantean cambios en los procesos internos de los candidatos; se modifican los tiempos para las precampañas; se indica que los candidatos deban presentar su cuenta pública que indique que tiene un modo honesto de vivir; y se determina que los Consejos Distritales serán los responsables de realizar los cómputos municipales.

Para la presentación de la propuesta se consideró que resulta necesario realizar precisiones al Código Electoral para un mejor desarrollo de la jornada electoral, a efecto de contar con mayor certeza al momento del ejercicio de los derechos político-electorales de las y los ciudadanos.

En la reforma anterior se establecieron los tiempos para los procesos internos de la selección de candidatos y precampañas, pero se estimó que se da pauta a una falta de sincronía con los procedimientos de fiscalización de las precampañas realizadas por el Instituto Nacional Electoral (INE), por lo que se dispuso a modificar los plazos para que se puedan cumplir con las condiciones de validez de dicha etapa.

Ante la desaparición de los Consejos Municipales, se plantea igualar la temporalidad de instalación de los Consejos Distritales con los Municipales Especiales a más tardar el segundo domingo de febrero, a fin de que ambos puedan contar con mes y medio para realizar las labores de adaptación, planeación, capacitación y logística.

Asimismo, se establecen las bases para el desarrollo del mecanismo de asignación de los bloques de competitividad en el registro de candidatas y candidatos por ambos principios, mayoría relativa y representación proporcional.

Ello, dado que los partidos políticos no podrán incumplir con el principio de paridad de género en ninguna de sus vertientes, bajo el argumento de postular a candidatos que deseen reelegirse.

Para las diputaciones de mayoría relativa se establece que en los Distritos donde los partidos políticos no hubieran postulado candidaturas en el proceso electoral anterior, sus postulaciones deberán incluir el principio de homogeneidad en las fórmulas y paridad horizontal.

Por cada partido político se enlistarán los Distritos en los que postuló candidaturas en los comicios anteriores, ordenados de manera decreciente conforme al porcentaje de votación obtenido. Para ello, se deberán especificar tres bloques: Votación con porcentaje alto, porcentaje intermedio y baja votación.

Además de verificar la paridad, se analizará la distribución paritaria entre los géneros conforme a la postulación que se realice en cada Distrito.

En los municipios en los cuales los partidos políticos no hayan postulado candidaturas para la presidencia municipal y sindicatura en los comicios anteriores, deberán cumplir con el principio de homogeneidad y paridad en las fórmulas.

Únicamente podrán ser registrados para el municipio en que fueron electos previamente, debiendo contar los interesados con la presentación de sus cuentas públicas en el primer año de gestión, dentro de lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado, como elemento para demostrar que cuenta con un modo honesto de vivir.

En la propuesta se indica que el Código Electoral contempla dos secciones separadas en relación con los cómputos electorales, denominados: De los resultados de los cómputos municipales y De los resultados de los cómputos distritales.

Tal acto se establece porque los cómputos municipales tienen su propia naturaleza, lo cual se considera innecesario, por lo que se determina que los Consejos Distritales llevarán a cabo los cómputos municipales.

Cortesía | @CongresoVeracruz

Los procesos internos de selección de candidatos de los partidos políticos iniciarán a partir del tercer domingo del mes de enero del año correspondiente a la elección y deberán concluir a más tardar el segundo domingo del mes de marzo.

Por lo menos siete días antes del inicio formal de los procesos cada partido determinará el procedimiento aplicable para la selección de sus candidatos y candidatas a cargos de elección popular. La determinación será comunicada al Organismo Público Local Electoral (OPLE) dentro de las 72 horas siguientes a su aprobación.

Las precampañas iniciarán el cuarto domingo de enero del año de la elección y concluirán el cuarto domingo de febrero.

La instalación del Consejo General será en la primera semana del mes de enero de la elección y de los Consejos Municipales Especiales y los Consejos Distritales a más tardar el segundo domingo de febrero, ello sin perjuicio de las actividades concurrentes con el INE.

Del primero al diez de febrero el Consejo General del OPLE propondrá los nombramientos de las consejeras y consejeros, así como de los funcionarios electorales que pertenecerán a los Consejos Municipales Especiales y los Consejos Distritales, mismos que deberán ser nombrados a más tardar el segundo sábado de febrero.

A más tardar el 27 de abril del año de la elección los Consejos Distritales y los Consejos Municipales Especiales publicarán en cada municipio, numeradas progresivamente, la relación de casillas electorales que instalarán, su ubicación y el nombre de sus integrantes.

Local

Salud mental: Recomendaciones para no caer en manos de un estafador

Cuando no hay un manejo adecuado, puede avanzar a una depresión grave e incluso puede haber intentos de suicidio o suicidios consumados

Local

Una semana se tardaría la reparación del puente Villa Rica en Actopan; empresarios preocupados

La carretera presenta además dos hundimientos a causa de la intensas lluvias de esta temporada

Local

52% de la población que no tiene para comprar su casa, beneficiada con reforma a la vivienda

Indican que se tiene un altísimo margen de personas que habitan en viviendas arrendadas

Local

Cáritas de Xalapa invita a la población a donar medicamentos, ¿cuáles son los requisitos?

Personas de escasos recursos que no tienen acceso a servicios de salud requieren apoyo

Doble Vía

Costilla en chile seco: receta para preparar uno de los platillos xalapeños por tradición

Rosalba García Vela comparte la receta para probar la que desde el año pasado es considerada como la original

Ciencia

Ciencia y luz | Neurociencias y músculos

Nuestro cuerpo está formado por más de 600 músculos; los atletas deben tener músculos fuertes y flexibles para lograr movimientos precisos