A fin de brindar protección a las personas con discapacidad que se encuentren bajo la tutela de sus excónyuges y que pudieran ser víctimas de violencia, se elaboró un Dictamen de reforma al artículo 145 del Código Civil de Veracruz, mismo que será modificado en su redacción.
¿De qué trata el Dictamen de Reforma al Artículo 145 del Código Civil de Veracruz?
Este miércoles la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales elaboró el Dictamen relacionado con la propuesta hecha por la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables, con la cual se busca generar medidas de protección a las personas con discapacidad que se encuentran en proceso de divorcio o separación conyugal.
En la propuesta se señaló que la mayoría de veces las personas que pertenecen a este sector de la población son violentadas o sufre actos de discriminación de parte de sus exparejas.
Ante ello, se consideró indispensable que en el artículo 145 del Código Civil, en el cual se establecen las bases para la resolución de las uniones civiles o conyugales, incluyera un apartado dedicado a las personas con discapacidad.
De esta manera se estableció que: “Para el caso de personas mayores con discapacidad, que aún se encuentren bajo tutela de excónyuges, en la sentencia de divorcio deberán establecerse las medidas correspondientes para su protección, de conformidad con la legislación vigente, y en estricto apego al ejercicio de sus derechos humanos”.
Además, se determinó que la sentencia de divorcio deberá establecer la reparación del daño en caso de violencia familiar contra cualquiera de las personas integrantes de la familia.
¿Cómo surgió la propuesta de Reforma al Artículo 145 del Código Civil de Veracruz?
La propuesta surgió luego de que el Congreso local recibiera la sentencia dictada en la Acción de Inconstitucionalidad 144/2020 y su acumulada 185/2020 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la que se establece que se deben garantizar los derechos de todas las personas con discapacidad.
En la misma sentencia, se indica que los partidos políticos deben cumplir con la aplicación de las acciones afirmativas en la designación de las candidaturas a diputaciones locales y federales, senadurías y ayuntamientos.
Por ello, el pasado 25 de junio, en el Palacio Legislativo se realizó el Foro Consultivo a Personas con Discapacidad en el que participaron grupos con discapacidad auditiva, física, visual, de talla baja y neurodivergencias.
A través del foro se recopilaron las peticiones de las organizaciones, las cuales solicitaron ser integradas en las acciones legislativas para garantizar que el acceso a la postulación de las personas con discapacidad sea mediante la implementación de acciones afirmativas, las cuales se caracterizan por establecer cuotas específicas en las candidaturas.
Asimismo, pidieron eliminar las barreras de participación y generar ajustes al entorno para que puedan ejercer tales derechos en condiciones de igualdad con el resto de las personas.
Las solicitudes fueron integradas a los trabajos legislativos, por lo que en este primer resultado se generó el Dictamen relacionado con las personas con discapacidad, quedando pendiente el tema de la asignación de candidaturas y la integración de las personas de talla baja.
Esta Legislatura tiene como plazo máximo al 4 de noviembre, un día antes de concluir funciones, para presentar al pleno y, en su caso, aprobar el Dictamen que fue elaborado este miércoles.
En la elaboración de este Dictamen participaron, en las instalaciones del Poder Legislativo, el diputado Luis Fernando Cervantes Cruz y la diputada Rosalinda Galindo Silva, presidente y vocal, respectivamente.