/ jueves 15 de diciembre de 2022

¿Conoces la violencia política? Mujeres, las más afectadas en Veracruz

Violencia busca anular los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres

Veracruz se ubica en segundo lugar nacional con mayor número de sanciones emitidas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, entre las cuales 16 corresponden a servidores públicos municipales, los cuales se encuentran impedidos para participar en los próximos comicios electorales de 2024.

De acuerdo con los datos actualizados del Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPCMRG), del Instituto Nacional Electoral (INE) y el Organismo Público Local Electoral (OPLE), nueve alcaldes y una alcaldesa fueron condenados por incurrir en actos y omisiones, basados en elementos de género.

¿Por qué fueron sancionados ediles?

Entre los actos por los cuales resultaron sancionados los ediles, se encuentran: impedir la participación plena de las víctimas en procesos deliberativos del Ayuntamiento; no convocar a las sesiones de Cabildo o se referían al género de la víctima de forma despectiva, descalificando el desempeño del cargo y poniendo en duda la capacidad de ejercerlo; en otros casos hubo una obstaculización del ejercicio del cargo, con lo que pretendió invisibilizar a la víctima.

En el registro nacional y local, de carácter público, se encuentran inscritos el expresidente municipal de Alto Lucero, Javier Castillo Viveros, quien fuera postulado por el partido Nueva Alianza; el exalcalde de Altotonga, Ernesto Ruiz Flandes, perteneciente al partido Movimiento Ciudadano (MC); Lázaro Avendaño Parrilla, exalcalde de Chinampa de Gorostiza, del partido Morena.

También Hermas Cortés García, expresidente municipal de Lerdo de Tejada, miembro del Partido Acción Nacional (PAN); Joaquín Fortino Cocotle Damián, ex presidente municipal de Coetzala, de Nueva Alianza; Juan Francisco Hervert Prado, exalcalde de Perote, del Partido Revolucionario Institucional (PRI); Ader García Escalante, expresidente de Ixhuatlán de Madero, del Partido de la Revolución Democrática (PRD); Daicy Faibre Montoya, exalcaldesa de Nautla, (PAN); Víctor Manuel Rosales Rosales, exalcalde de Tlaltetela, del PRI y Miguel Ángel Uribe Toral, actual presidente de Cazones de Herrera, postulado por Movimiento Ciudadano.

Con excepción del presidente municipal de Cazones de Herrera, Miguel Ángel Uribe Toral, quien permanecerá inscrito en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPCMRG), hasta el 6 de noviembre de 2023, el resto de los políticos cumplirán sentencia hasta los años 2025 y 2027, periodo en el que no podrán ser postulados a un nuevo cargo de elección popular.

Asimismo dentro de la lista de servidores públicos municipales condenados y sancionados por VPCMRG, se encuentran seis personas; además de un excandidato del partido Morena a la regiduría primera del Ayuntamiento de Veracruz, cuatro representantes de medios de comunicación, así como un ciudadano.

En total, el registro estatal reporta 37 sanciones y 22 personas sancionadas de las cuales dos son mujeres y 20 hombres. Al respecto, el OPLE indica que en el registro hay inscripciones pendientes de personas sancionadas sujetas a validación, esto en razón de que se encuentra en espera de respuestas a consultas realizadas por esta autoridad a órganos jurisdiccionales, “a efecto de que precisen elementos e información para realizar la inscripción correspondiente, específicamente las relativas a la vigencia, gravedad y permanencia en el registro”.

¿Qué es el Registro Nacional de Personas Sancionadas?

El Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género es una lista pública de todas las personas que sean sancionadas por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género.

Sirve para inhibir este tipo de violencia, concretar la reforma de 2020 sobre violencia política en razón de género, facilitar la cooperación entre instituciones para la generación de información, así como para consultar la información previo al registro de candidaturas.

En este registro intervienen autoridades administrativas, jurisdiccionales y penales tanto federales como locales en el ámbito de sus competencias.

¿Qué es la violencia política en razón de género?

En abril del 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a ocho legislaciones en materia de violencia política de género. Este decreto establece, en el Artículo 20 Bis, que la violencia política contra las mujeres en razón de género es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.

También sanciona los actos que impidan el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, el libre desarrollo de la función pública, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares.

Si se determina que la falta cometida es leve, la persona sancionada se mantendrá en el registro nacional y estatal durante tres años; ante falta ordinaria, cuatro años; por falta especial, cinco años; y en caso de reincidencia, seis años.

¿Cuáles son las cifras a nivel nacional?

Al corte del 12 de diciembre de 2022, el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, indica que la entidad veracruzana se ubica en segundo lugar, luego del estado de Oaxaca, con mayor número de registros de sanciones emitidas, con 100 por ciento correspondiente al ámbito municipal.

De 36 sanciones emitidas para la entidad veracruzana, el 45.45 por ciento fueron para presidenta y presidentes municipales, el 18.18 por ciento a servidores públicos municipales, 13.64 por ciento a periodistas; y con 4.55 por ciento cada uno se encuentran un locutor, un candidato, un ciudadano, director y directora de medio de comunicación, regidor y tesorero municipal.

Veracruz se ubica en segundo lugar nacional con mayor número de sanciones emitidas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, entre las cuales 16 corresponden a servidores públicos municipales, los cuales se encuentran impedidos para participar en los próximos comicios electorales de 2024.

De acuerdo con los datos actualizados del Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPCMRG), del Instituto Nacional Electoral (INE) y el Organismo Público Local Electoral (OPLE), nueve alcaldes y una alcaldesa fueron condenados por incurrir en actos y omisiones, basados en elementos de género.

¿Por qué fueron sancionados ediles?

Entre los actos por los cuales resultaron sancionados los ediles, se encuentran: impedir la participación plena de las víctimas en procesos deliberativos del Ayuntamiento; no convocar a las sesiones de Cabildo o se referían al género de la víctima de forma despectiva, descalificando el desempeño del cargo y poniendo en duda la capacidad de ejercerlo; en otros casos hubo una obstaculización del ejercicio del cargo, con lo que pretendió invisibilizar a la víctima.

En el registro nacional y local, de carácter público, se encuentran inscritos el expresidente municipal de Alto Lucero, Javier Castillo Viveros, quien fuera postulado por el partido Nueva Alianza; el exalcalde de Altotonga, Ernesto Ruiz Flandes, perteneciente al partido Movimiento Ciudadano (MC); Lázaro Avendaño Parrilla, exalcalde de Chinampa de Gorostiza, del partido Morena.

También Hermas Cortés García, expresidente municipal de Lerdo de Tejada, miembro del Partido Acción Nacional (PAN); Joaquín Fortino Cocotle Damián, ex presidente municipal de Coetzala, de Nueva Alianza; Juan Francisco Hervert Prado, exalcalde de Perote, del Partido Revolucionario Institucional (PRI); Ader García Escalante, expresidente de Ixhuatlán de Madero, del Partido de la Revolución Democrática (PRD); Daicy Faibre Montoya, exalcaldesa de Nautla, (PAN); Víctor Manuel Rosales Rosales, exalcalde de Tlaltetela, del PRI y Miguel Ángel Uribe Toral, actual presidente de Cazones de Herrera, postulado por Movimiento Ciudadano.

Con excepción del presidente municipal de Cazones de Herrera, Miguel Ángel Uribe Toral, quien permanecerá inscrito en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPCMRG), hasta el 6 de noviembre de 2023, el resto de los políticos cumplirán sentencia hasta los años 2025 y 2027, periodo en el que no podrán ser postulados a un nuevo cargo de elección popular.

Asimismo dentro de la lista de servidores públicos municipales condenados y sancionados por VPCMRG, se encuentran seis personas; además de un excandidato del partido Morena a la regiduría primera del Ayuntamiento de Veracruz, cuatro representantes de medios de comunicación, así como un ciudadano.

En total, el registro estatal reporta 37 sanciones y 22 personas sancionadas de las cuales dos son mujeres y 20 hombres. Al respecto, el OPLE indica que en el registro hay inscripciones pendientes de personas sancionadas sujetas a validación, esto en razón de que se encuentra en espera de respuestas a consultas realizadas por esta autoridad a órganos jurisdiccionales, “a efecto de que precisen elementos e información para realizar la inscripción correspondiente, específicamente las relativas a la vigencia, gravedad y permanencia en el registro”.

¿Qué es el Registro Nacional de Personas Sancionadas?

El Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género es una lista pública de todas las personas que sean sancionadas por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género.

Sirve para inhibir este tipo de violencia, concretar la reforma de 2020 sobre violencia política en razón de género, facilitar la cooperación entre instituciones para la generación de información, así como para consultar la información previo al registro de candidaturas.

En este registro intervienen autoridades administrativas, jurisdiccionales y penales tanto federales como locales en el ámbito de sus competencias.

¿Qué es la violencia política en razón de género?

En abril del 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a ocho legislaciones en materia de violencia política de género. Este decreto establece, en el Artículo 20 Bis, que la violencia política contra las mujeres en razón de género es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.

También sanciona los actos que impidan el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, el libre desarrollo de la función pública, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares.

Si se determina que la falta cometida es leve, la persona sancionada se mantendrá en el registro nacional y estatal durante tres años; ante falta ordinaria, cuatro años; por falta especial, cinco años; y en caso de reincidencia, seis años.

¿Cuáles son las cifras a nivel nacional?

Al corte del 12 de diciembre de 2022, el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, indica que la entidad veracruzana se ubica en segundo lugar, luego del estado de Oaxaca, con mayor número de registros de sanciones emitidas, con 100 por ciento correspondiente al ámbito municipal.

De 36 sanciones emitidas para la entidad veracruzana, el 45.45 por ciento fueron para presidenta y presidentes municipales, el 18.18 por ciento a servidores públicos municipales, 13.64 por ciento a periodistas; y con 4.55 por ciento cada uno se encuentran un locutor, un candidato, un ciudadano, director y directora de medio de comunicación, regidor y tesorero municipal.

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