/ miércoles 26 de mayo de 2021

Consejo General del INE determinó que Rogelio "N" conservará candidatura

El candidato a la diputación plurinominal del Partido de la Revolución Democrática Rogelio "N" no viola la declaración 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres, comunicó el INE

Xalapa, Ver.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que el candidato a la diputación plurinominal del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Rogelio "N" no viola la declaración 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres, por lo que conserva su candidatura.

Explicaron que el INE no es responsable de determinar la responsabilidad del candidato en los delitos que se le imputan y por lo que se encuentra recluido, por los cuales tiene abiertas dos carpetas de investigación.

Una de las cuales corresponde a uno de los supuestos del formato 3 de 3 contra la violencia y se encuentra suspendida en virtud de un Juicio de Amparo.

Detalló que la Sala Superior del TEPJF notificó al Consejo General del INE un expediente en el que se ordena determinar lo que en derecho corresponda, respecto de la declaración 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres que se debe de observar en el registro de candidaturas a diputaciones federales para el proceso electoral.

Al respecto, se precisa que el incumplimiento a lo establecido en dicho formato, aprobado mediante el acuerdo INE/CG691/2020, supone la existencia de una condena o sanción por alguno de los tres supuestos ahí establecidos, condición que no se cumple en el caso concreto.

Detallan que el candidato formó parte de la muestra representativa aleatoria y, en respuesta al requerimiento de información de la Junta Local Ejecutiva, el Fiscal Especializado en Delitos Electorales y en Delitos contra la Libertad de Expresión adscrito a la Fiscalía General del Estado de Veracruz, informó a esa autoridad que el candidato referido se encontraba en calidad de indiciado por violencia familiar mediante el oficio FGE/FIM/FEDEYPC/436/2021 el 23 de abril.

El día 29 de abril se recibió notificación del expediente SUP-AG-95/2021 de la Sala Superior del TEPJF, en el que se da vista al Consejo General de este Instituto a fin de que, en el ámbito de sus atribuciones, determine lo que en derecho corresponda, respecto de la declaración 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres que se debe de observar en el registro de candidaturas a diputaciones federales para el proceso electoral federal.

Ello, en relación con una denuncia por violencia intrafamiliar en contra del candidato referido.

Se procedió a requerir al Fiscal Especializado en Delitos Electorales y en Delitos contra la Libertad de Expresión, adscrito a la Fiscalía General del Estado de Veracruz, a que brindará mayor información respecto a la etapa en que se encuentra el proceso que enfrenta el candidato referido y, en su caso, si se encuentra en prisión preventiva.

El cuatro de mayo se dio respuesta de la existencia de dos carpetas de investigación en contra de Rogelio:

UIPJ-1/DXI/ESP6/522/2020 (judicializada) por violencia familiar, con orden de aprehensión vigente.

UIPJ/DVI/F1/195/2021 (en investigación complementaria) por ultrajes a la autoridad, abierta tras la ejecución de la orden de aprehensión señalada y por la cual se le determinó la medida cautelar de prisión preventiva por ocho meses.

Tras la notificación de los hallazgos señalados, se otorgó garantía de audiencia al candidato y al partido político. En su documento del 8 de mayo del presente, el partido político postulante hace referencia a, entre otras cosas, la denuncia por violencia política contra las mujeres en razón de género, interpuesta ante la Sala Superior por la ciudadana Guillermina Alvarado Gutiérrez, respecto de quien, además, refiere que no es militante del partido y que nunca interpuso un medio de defensa ante el órgano de justicia intrapartidaria del PRD.

Por su parte, el mismo 8 de mayo se recibió respuesta del propio candidato, en desahogo de su garantía de audiencia, en donde señala que no ha sido sancionado por violencia política contra las mujeres y que el procedimiento penal en su contra por violencia familiar se encuentra suspendido, en virtud del Juicio de Amparo 174/2021, por lo que la orden de aprehensión no pudo ser ejecutada.

Asimismo, manifestó respecto al segundo proceso penal en su contra, que sigue en trámite, no existiendo sentencia condenatoria definitiva.

Xalapa, Ver.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que el candidato a la diputación plurinominal del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Rogelio "N" no viola la declaración 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres, por lo que conserva su candidatura.

Explicaron que el INE no es responsable de determinar la responsabilidad del candidato en los delitos que se le imputan y por lo que se encuentra recluido, por los cuales tiene abiertas dos carpetas de investigación.

Una de las cuales corresponde a uno de los supuestos del formato 3 de 3 contra la violencia y se encuentra suspendida en virtud de un Juicio de Amparo.

Detalló que la Sala Superior del TEPJF notificó al Consejo General del INE un expediente en el que se ordena determinar lo que en derecho corresponda, respecto de la declaración 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres que se debe de observar en el registro de candidaturas a diputaciones federales para el proceso electoral.

Al respecto, se precisa que el incumplimiento a lo establecido en dicho formato, aprobado mediante el acuerdo INE/CG691/2020, supone la existencia de una condena o sanción por alguno de los tres supuestos ahí establecidos, condición que no se cumple en el caso concreto.

Detallan que el candidato formó parte de la muestra representativa aleatoria y, en respuesta al requerimiento de información de la Junta Local Ejecutiva, el Fiscal Especializado en Delitos Electorales y en Delitos contra la Libertad de Expresión adscrito a la Fiscalía General del Estado de Veracruz, informó a esa autoridad que el candidato referido se encontraba en calidad de indiciado por violencia familiar mediante el oficio FGE/FIM/FEDEYPC/436/2021 el 23 de abril.

El día 29 de abril se recibió notificación del expediente SUP-AG-95/2021 de la Sala Superior del TEPJF, en el que se da vista al Consejo General de este Instituto a fin de que, en el ámbito de sus atribuciones, determine lo que en derecho corresponda, respecto de la declaración 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres que se debe de observar en el registro de candidaturas a diputaciones federales para el proceso electoral federal.

Ello, en relación con una denuncia por violencia intrafamiliar en contra del candidato referido.

Se procedió a requerir al Fiscal Especializado en Delitos Electorales y en Delitos contra la Libertad de Expresión, adscrito a la Fiscalía General del Estado de Veracruz, a que brindará mayor información respecto a la etapa en que se encuentra el proceso que enfrenta el candidato referido y, en su caso, si se encuentra en prisión preventiva.

El cuatro de mayo se dio respuesta de la existencia de dos carpetas de investigación en contra de Rogelio:

UIPJ-1/DXI/ESP6/522/2020 (judicializada) por violencia familiar, con orden de aprehensión vigente.

UIPJ/DVI/F1/195/2021 (en investigación complementaria) por ultrajes a la autoridad, abierta tras la ejecución de la orden de aprehensión señalada y por la cual se le determinó la medida cautelar de prisión preventiva por ocho meses.

Tras la notificación de los hallazgos señalados, se otorgó garantía de audiencia al candidato y al partido político. En su documento del 8 de mayo del presente, el partido político postulante hace referencia a, entre otras cosas, la denuncia por violencia política contra las mujeres en razón de género, interpuesta ante la Sala Superior por la ciudadana Guillermina Alvarado Gutiérrez, respecto de quien, además, refiere que no es militante del partido y que nunca interpuso un medio de defensa ante el órgano de justicia intrapartidaria del PRD.

Por su parte, el mismo 8 de mayo se recibió respuesta del propio candidato, en desahogo de su garantía de audiencia, en donde señala que no ha sido sancionado por violencia política contra las mujeres y que el procedimiento penal en su contra por violencia familiar se encuentra suspendido, en virtud del Juicio de Amparo 174/2021, por lo que la orden de aprehensión no pudo ser ejecutada.

Asimismo, manifestó respecto al segundo proceso penal en su contra, que sigue en trámite, no existiendo sentencia condenatoria definitiva.

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