Corrupción, mala práctica que debe combatirse por autoridades y ciudadanos

El combate a la corrupción es una política pública que a nivel estatal debe establecer mecanismos para prevenir, detectar y, en su caso, sancionar

Raymundo León

  · martes 7 de agosto de 2018

Foto: Archivo

El combate a la corrupción es una política pública que a nivel estatal debe establecer mecanismos para prevenir, detectar y, en su caso, sancionar hechos de corrupción y responsabilidades administrativas; la corrupción es una mala práctica que se debe atender y su combate no es sólo es responsabilidad de las autoridades, sino también de los ciudadanos, informó María Evelia López Maldonado, auditora especial de Legalidad y Desempeño del Órgano de Fiscalización Superior del estado.

Para lograr lo anterior, el secretario técnico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) debe conocer perfectamente el esquema del desarrollo de políticas públicas y la forma en las que éstas se deben evaluar para revisar el avance que se tiene en la lucha contra la corrupción. “La función del secretario técnico de la Secretaría Ejecutiva del SEA juega un papel importante y funge como un secretario de Acuerdos del Comité Coordinador, toma todos los acuerdos que se dan en ese órgano colegiado y debe materializarlos y ejecutarlos”, señaló.


La servidora pública refirió que el secretario técnico debe de llevar a cabo la realización de una serie de estudios en materia de prevención y detección de la corrupción, en materia de responsabilidades administrativas, también esquemas relacionados con la fiscalización y la rendición de cuentas. Indicó que, asimismo, tiene bajo su responsabilidad todo el esquema de la plataforma digital que se tiene que establecer en la cual se conjugará una serie de sistemas electrónicos relacionados con las declaraciones patrimoniales, el registro de servidores públicos sancionados y los esquemas de licitaciones, entre otros.

La persona que funja como secretario técnico tiene como tarea primordial dirigir la Secretaría Ejecutiva del SEA, que es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio; es decir, fungirá como un proveedor de insumos al Comité Coordinador del Sistema. Ahí se generarán todos los insumos que se necesitan para desarrollar todo el esquema del combate a la corrupción y también van a emitir las propuestas de recomendaciones no vinculantes, que son las recomendaciones que en su caso se van a tener que hacer a los entes públicos para la prevención y detección de actos de corrupción”, señaló.

Expresó que existen dos figuras muy importantes en la Secretaría Ejecutiva del SEA: el Órgano de Gobierno, integrado por los miembros del Comité Coordinador y es presidido por quien ocupa la Presidencia del Comité de Participación Ciudadana (CPC); y la Comisión Ejecutiva integrada por el Secretario Técnico y por el Comité de Participación Ciudadana sin la presencia del presidente del Comité de Participación Ciudadana; es decir, es el Secretario Técnico con cuatro de los integrantes del CPC”, informó.

En lo que se refiere a la participación del Orfis, la entrevistada refirió que el ente fiscalizador es un integrante del Comité Coordinador que tendrá a su cargo la fiscalización y control de los recursos públicos al igual que la Contraloría General del Estado. “Ambas entidades juegan un papel muy importante en lo que se refiere a la fiscalización. De alguna manera tendremos que ampliar el espectro de la fiscalización para poder lograr que las muestras sean mucho más amplias, que se pueda fiscalizar el mayor monto de recursos públicos, de programas y que haya un esquema muy importante de rendición de cuentas”, dijo.


Durante su participación en el programa “De acceso público del Orfis”, María Evelia López Maldonado manifestó que todo lo que se está realizando permitirá la definición de una serie de políticas para el combate a la corrupción en donde se va a conjugar la transparencia, la rendición de cuentas, la fiscalización, la participación ciudadana y en un momento dado lo que va a ser la imposición de sanciones que le corresponderá al Tribunal Estatal de Justicia Administrativa o la persecución de delitos que le corresponderá a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.