Por acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la LXVI Legislatura se designó a la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables del Congreso de Veracruz como la instancia responsable de realizar, con el apoyo de las unidades administrativas competentes del poder legislativo, los trabajos necesarios para dar cumplimiento a una sentencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), relativa a una consulta a personas con discapacidad.
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Lo anterior, contenido en la Acción de Inconstitucionalidad 204/2020, mediante la que se declaró la invalidez del decreto número 557 que reforma diversas disposiciones a la Ley para la Integración de las Personas con Discapacidad del Estado de Veracruz, publicado en la Gaceta Oficial del Estado el 6 de mayo de 2020, y en la que se ordenó al Congreso del Estado legislar en los términos precisados en los apartados VI y VII de esa ejecutoria, previo desarrollo de la respectiva consulta.
El Acuerdo de la Jucopo refiere que en la sentencia se señaló la obligación del Congreso del Estado de llevar a cabo la consulta omitida a las personas con discapacidad, con especial relevancia a aquellas que se trató de incluir en la categoría de “trastornos de talla”, así como legislar en la materia, con base en lo desarrollado en los apartados de la propia ejecutoria.
En lo relativo a la consulta debe ser previa, pública, abierta y regular, la SCJN determinó que el órgano legislativo debe establecer reglas, plazos razonables y procedimientos en una convocatoria en la que se informe de manera amplia, accesible y por distintos medios la manera en la que las personas con discapacidad y las organizaciones de personas con discapacidad podrán participar, tanto en el proyecto de la iniciativa, como en el proceso legislativo.