/ lunes 23 de noviembre de 2020

Echa abajo Suprema Corte la reforma electoral de Morena

Con esto, se estableció que el proceso electoral local de 2021 para renovar diputaciones locales y Ayuntamientos debe regirse por el anterior Código Electoral

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el decreto 576 que reforma y adiciona disposiciones la Constitución local y Código Electoral de Veracruz, aprobada por la mayoría de Morena y aliados publicado en junio pasado.

Con esto, el máximo Tribunal del país estableció que el proceso electoral local de 2021 para renovar diputaciones locales y Ayuntamientos debe regirse por el anterior Código Electoral , previo a esta reforma invalidada.

De esta manera se votó sobre las acciones de inconstitucionalidad 148/2020 y sus acumulados en acciones de inconstitucionalidad promovidos por los partidos políticos nacionales y locales con presencia en la entidad como: PRI, PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, Podemos y Todos por Veracruz.

Los promoventes fundamentaron la inoperancia de suprimir los consejos municipales y éstas funciones las asumieran sus pares distritales en materia electoral.

Así como la reducción del 50% del financiamiento público a los partidos políticos en Veracruz.

Y, una omisión legislativa sobre la revocación de mandato en la entidad, entre otras vertientes.

En este contexto, en sesión pública en la Ciudad de México, ministras y ministros declararon procedente y fundadas las acciones de inconstitucionalidad. Por eso se declaró la invalidez del decreto publicado el 22 de junio pasado en la Gaceta Oficial del Estado.

La declaratoria de invalidez surtirá sus efectos cuando se notifiquen los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso de Veracruz, dando lugar que la consulta y legislación respectiva deberán regirse dentro del año siguiente a la conclusión del proceso electoral del estado, cuya jornada electoral inicia la primera semana de enero de 2021.

Foto: René Corrales | Diario de Xalapa

Se valoró la existencia de omisiones legislativas y democracia deliberativa y de Parlamento Abierto que no se llevaron a cabo en la ley electoral referida

Tampoco se llevó a cabo consultas a comunidades indígenas y afromexicanos en materia electoral

Todo se votó por unanimidad y se ordenó la publicación en los periódicos oficiales de la federación y del estado de Veracruz para los efectos legales correspondientes.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el decreto 576 que reforma y adiciona disposiciones la Constitución local y Código Electoral de Veracruz, aprobada por la mayoría de Morena y aliados publicado en junio pasado.

Con esto, el máximo Tribunal del país estableció que el proceso electoral local de 2021 para renovar diputaciones locales y Ayuntamientos debe regirse por el anterior Código Electoral , previo a esta reforma invalidada.

De esta manera se votó sobre las acciones de inconstitucionalidad 148/2020 y sus acumulados en acciones de inconstitucionalidad promovidos por los partidos políticos nacionales y locales con presencia en la entidad como: PRI, PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, Podemos y Todos por Veracruz.

Los promoventes fundamentaron la inoperancia de suprimir los consejos municipales y éstas funciones las asumieran sus pares distritales en materia electoral.

Así como la reducción del 50% del financiamiento público a los partidos políticos en Veracruz.

Y, una omisión legislativa sobre la revocación de mandato en la entidad, entre otras vertientes.

En este contexto, en sesión pública en la Ciudad de México, ministras y ministros declararon procedente y fundadas las acciones de inconstitucionalidad. Por eso se declaró la invalidez del decreto publicado el 22 de junio pasado en la Gaceta Oficial del Estado.

La declaratoria de invalidez surtirá sus efectos cuando se notifiquen los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso de Veracruz, dando lugar que la consulta y legislación respectiva deberán regirse dentro del año siguiente a la conclusión del proceso electoral del estado, cuya jornada electoral inicia la primera semana de enero de 2021.

Foto: René Corrales | Diario de Xalapa

Se valoró la existencia de omisiones legislativas y democracia deliberativa y de Parlamento Abierto que no se llevaron a cabo en la ley electoral referida

Tampoco se llevó a cabo consultas a comunidades indígenas y afromexicanos en materia electoral

Todo se votó por unanimidad y se ordenó la publicación en los periódicos oficiales de la federación y del estado de Veracruz para los efectos legales correspondientes.

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