En Veracruz no se cuenta con herramientas suficientes para demostrar el cumplimiento del deber de no criminalización del aborto, revela un informe de la organización AbortistasMx.
Los resultados de la investigación “Decidir abortar: Entre la criminalización y el ejercicio de un derecho” exponen la escasa accesibilidad a los datos generados por las autoridades estatales.
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El documento señala que las autoridades actualmente son incapaces de identificar quiénes son las mujeres investigadas o sancionadas por el delito de aborto u otros eventos obstétricos que podrían verse beneficiadas con la aplicación de los estándares del derecho a decidir definidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Aunque el Código Penal ha sido reformado y la despenalización del aborto en Veracruz es una realidad, los sistemas de registro no han sido ajustados, dejando a las mujeres en un limbo legal y sin acceso a la justicia.
La Fiscalía General del Estado (FGE), el Poder Judicial y el Instituto Veracruzano de la Defensoría Pública proporcionan respuestas que muestran la falta de transparencia en la información relacionada con la incidencia delictiva por aborto y eventos obstétricos.
De acuerdo con el informe, la FGE no ha cumplido con su obligación de contar con datos desagregados, lo que sugiere dos posibilidades: o bien no quiere proporcionar la información o no la tiene debido al caos en su sistema de registro.
En ambos casos, las mujeres y otras personas con capacidad de gestar se ven perjudicadas, lo que va en contra de las recomendaciones de la Alerta por Violencia de Género por agravio comparado emitida en 2017.
Veracruz entre los diez estados con mas incidencias delictivas
A pesar de la despenalización, Veracruz ocupa el sexto lugar con mayor incidencia delictiva en aborto, con 214 investigaciones iniciadas entre 2015 y 2022. Sin embargo, solo se pueden conocer cifras totales anuales. Esto plantea dudas sobre si estas investigaciones son exclusivamente por abortos forzados o si también incluyen restricciones injustificadas al derecho a decidir antes de la reforma de 2021.
El informe detalla que los datos recopilados no demuestran que las 229 investigaciones abiertas por el delito de aborto reportadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) entre enero de 2015 y mayo de 2023 sean únicamente al delito de aborto forzado, por lo que “se debe presumir que esas investigaciones reflejan una restricción injustificada del derecho a decidir”.
Además, la falta de desagregación de datos complica el análisis del fenómeno de la criminalización de eventos obstétricos.
Cabe recordar que la SCJN emitió la sentencia 148/2017 en septiembre de 2021, lo que debería haber proporcionado protección a las personas con capacidad de gestar. Sin embargo, las instituciones estatales no pueden identificar a quienes tienen derecho a esta protección, incumpliendo su deber de prevenir violaciones a los derechos humanos y perpetuando la actividad punitiva estatal.
“Si se toma en consideración que la reforma a su Código Penal fue de julio de 2021 y la sentencia 148/2017 emitida por la SCJN se resolvió hasta septiembre de 2021, la sospecha sobre la criminalización del derecho a decidir debe ser mayor para el conjunto de 163 investigaciones abiertas antes de esa decisión; esto es, entre 2015 y 2020”, refiere el documento.
Es importante precisar que la decisión de la SCJN implicaría, para las personas con capacidad de gestar sentenciadas o con procesos penales iniciados, un beneficio para evitar que continúe la criminalización en su contra; sin embargo, “las instituciones estatales actualmente son incapaces de identificar quiénes son las potenciales destinatarias de la cobertura constitucional que otorga el reconocimiento del derecho a decidir”.
Lo anterior se traduce en el incumplimiento de su deber de prevenir las violaciones a derechos humanos; no ha actuado con debida diligencia frente al mandato de no criminalización.
Es importante destacar que, aunque la reforma al Código Penal del Estado no fue acompañada de una adecuación a la Ley Estatal de Salud, el informe observa que en Veracruz las acciones de mayor alcance se reportan por parte de la Secretaría de Salud.
Por lo que, los lineamientos estatales en materia de aborto voluntario es la acción más relevante en el ámbito de la prestación de servicios de salud.
Por su parte, la organización GIRE (Grupo de Información en Reproducción Elegida) ha señalado como fundamental que las procuradurías de justicia, los poderes judiciales y las secretarías de seguridad pública cuenten con la información relativa a las mujeres denunciadas, procesadas y en prisión por el delito de aborto.
El acceso a esta información es crucial para vigilar el cumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos. La carencia de estos datos señala la falta de interés y deriva en castigos irracionales a las mujeres que toman decisiones sobre su reproducción.