/ martes 24 de julio de 2018

Exhorta el Orfis a alcaldes a conformar sus órganos internos de control

Es importante contar con una estructura adecuada, pues los órganos internos de control recibirán en octubre las observaciones que pudieran constituir faltas administrativas no graves observadas en la Cuenta Pública 2017”

El órgano de Fiscalización Superior exhortó a 192 presidentes municipales a conformar sus órganos internos de control con sus áreas de Investigación y Substanciación con la finalidad de dar cumplimiento a las leyes de fiscalización superior y la General de Responsabilidad Administrativa, informó Noé Palacios Díaz, jefe del Departamento del Sistema de Evaluación y Fiscalización de Veracruz del Orfis. “Los presidentes municipales deben disponer de presupuesto para conformar adecuadamente la estructura de los órganos internos de control, que deben actuar con independencia y autonomía.

Es importante contar con una estructura adecuada, pues los órganos internos de control recibirán en octubre las observaciones que pudieran constituir faltas administrativas no graves observadas en la Cuenta Pública 2017”, expresó.

El entrevistado manifestó que solamente 20 ayuntamientos de los 212 tienen conformados sus órganos internos de control con las áreas de Investigación y Substanciación y refirió que carecer de una estructura adecuada limita la identificación de funciones y responsabilidades para lograr una administración eficiente.


El servidor público recordó que la ley señala que los órganos internos de control deben contar con una estructura bien definida para llevar a cabo las tareas de investigación y substanciación y que por ello es el llamado a los presidentes municipales para que cada vez se vayan conformando. “Se exhortó a los presidentes municipales a que hagan un análisis de la disposición presupuestal porque es necesario contar con esas dos áreas ya que deben dar seguimiento a las observaciones de la Cuenta Pública y deberán calificar esas faltas administrativas a través de esas dos áreas”.

Durante su participación en el programa “De acceso público” del Orfis, Noé Palacios indicó que solamente para tales efectos, la Secretaría Técnica del Orfis, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, notificará las faltas para su atención mediante el inicio de la investigación respectiva y promoción de las demás acciones que sean procedentes y que los órganos internos de control deberán informar al Orfis dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de las observaciones, el número de expediente con el que se inició la investigación o procedimiento.

Una vez concluida la investigación, dentro de los 10 días hábiles siguientes, expresó el entrevistado, deberán remitir al Orfis una copia certificada del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa o en su caso, si no se encontrasen elementos suficientes para demostrar la existencia de la infracción y la presunta responsabilidad del infractor, copia del Acuerdo de conclusión y archivo del expediente, sin perjuicio de que pueda abrirse nuevamente la investigación si se presentan nuevos indicios o pruebas y no hubiere prescrito la facultad para sancionar.

“El órgano interno de control debe garantizar la independencia del área de la investigación y substanciación porque dentro de sus funciones, cuando el Orfis notifique los resultados serán los responsables de dar el debido seguimiento, por lo que es importante tener estas áreas para no caer en un incumplimiento a la ley”, apuntó.


El órgano de Fiscalización Superior exhortó a 192 presidentes municipales a conformar sus órganos internos de control con sus áreas de Investigación y Substanciación con la finalidad de dar cumplimiento a las leyes de fiscalización superior y la General de Responsabilidad Administrativa, informó Noé Palacios Díaz, jefe del Departamento del Sistema de Evaluación y Fiscalización de Veracruz del Orfis. “Los presidentes municipales deben disponer de presupuesto para conformar adecuadamente la estructura de los órganos internos de control, que deben actuar con independencia y autonomía.

Es importante contar con una estructura adecuada, pues los órganos internos de control recibirán en octubre las observaciones que pudieran constituir faltas administrativas no graves observadas en la Cuenta Pública 2017”, expresó.

El entrevistado manifestó que solamente 20 ayuntamientos de los 212 tienen conformados sus órganos internos de control con las áreas de Investigación y Substanciación y refirió que carecer de una estructura adecuada limita la identificación de funciones y responsabilidades para lograr una administración eficiente.


El servidor público recordó que la ley señala que los órganos internos de control deben contar con una estructura bien definida para llevar a cabo las tareas de investigación y substanciación y que por ello es el llamado a los presidentes municipales para que cada vez se vayan conformando. “Se exhortó a los presidentes municipales a que hagan un análisis de la disposición presupuestal porque es necesario contar con esas dos áreas ya que deben dar seguimiento a las observaciones de la Cuenta Pública y deberán calificar esas faltas administrativas a través de esas dos áreas”.

Durante su participación en el programa “De acceso público” del Orfis, Noé Palacios indicó que solamente para tales efectos, la Secretaría Técnica del Orfis, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, notificará las faltas para su atención mediante el inicio de la investigación respectiva y promoción de las demás acciones que sean procedentes y que los órganos internos de control deberán informar al Orfis dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de las observaciones, el número de expediente con el que se inició la investigación o procedimiento.

Una vez concluida la investigación, dentro de los 10 días hábiles siguientes, expresó el entrevistado, deberán remitir al Orfis una copia certificada del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa o en su caso, si no se encontrasen elementos suficientes para demostrar la existencia de la infracción y la presunta responsabilidad del infractor, copia del Acuerdo de conclusión y archivo del expediente, sin perjuicio de que pueda abrirse nuevamente la investigación si se presentan nuevos indicios o pruebas y no hubiere prescrito la facultad para sancionar.

“El órgano interno de control debe garantizar la independencia del área de la investigación y substanciación porque dentro de sus funciones, cuando el Orfis notifique los resultados serán los responsables de dar el debido seguimiento, por lo que es importante tener estas áreas para no caer en un incumplimiento a la ley”, apuntó.


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