/ jueves 11 de febrero de 2021

Gobernador presenta iniciativa para evitar que organismos apliquen recursos ilícitos

En la iniciativa se faculta a la Sefiplan para proporcionar información que permita coadyuvar en la prevención y combate a los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita

Xalapa, Ver.- El gobernador del Estado, Cuitláhuac García Jiménez, envió al Congreso local una iniciativa con la que se busca eliminar contratos o convenios con contribuyentes que hayan registrado operaciones inexistentes y se evite la aplicación de recursos de procedencia ilícita.

El documento que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Financiero y del Código de Procedimientos Administrativos, ambos del estado de Veracruz, indica que los servidores públicos facultados para celebrar convenios y contratos incluirán el documento en el que manifiesten haber contrastado que el contribuyente con el que se celebró dicho acto se encuentra en el listado emitido por el Servicio de Administración Tributaria.

En la iniciativa se faculta a la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) para proporcionar información en el ámbito de su competencia que permita coadyuvar en la prevención y combate a los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita que lleva a cabo la Unidad de Inteligencia Financiera y aquella que sea necesaria para la defensa de los intereses de la Hacienda pública federal o estatal.

La Sefiplan hará la distribución de los recursos públicos del presupuesto aprobado por el Congreso local.

Los poderes y organismos autónomos tienen la obligación de publicar en sus portales de internet durante los primeros cinco días de cada mes la información financiera de sus unidades de presupuesto, tanto de los ingresos como de los egresos, las participaciones mensuales por fondos que reciben distinguiendo los factores de distribución que le corresponde al Estado y los descuentos por concepto que realiza la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Además, enviarán al Congreso local un informe trimestral sobre el ejercicio de sus gastos a más tardar 30 días después del cierre del periodo que corresponda informar.

Para la celebración de contratos o convenios con proveedores o contratistas, registrados en el padrón correspondiente, éstos deberán presentar constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales por contribuciones estatales y opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.

La primera expedida por la Dirección General de Recaudación de la Sefiplan y la segunda por el SAT respecto a los impuestos federales. Ambas deberán tener como máximo 30 días de haber sido expedidas.

La Sefiplan podrá habilitar a terceros para que realicen notificaciones en materia de contribuciones estatales. Los terceros habilitados están obligados a guardar absoluta reserva de los datos de los contribuyentes que las autoridades fiscales suministren.

El notificador de los terceros habilitados deberá identificarse ante la persona con quien se entienda la diligencia, mediante la constancia que para tales casos emita la autoridad fiscal.

Si como resultado de las auditorías se detectan irregularidades que afecten la Hacienda Pública se procederá en términos del Código de Procedimientos Administrativos.

Ante ello, la Contraloría impondrá las sanciones disciplinarias a los servidores públicos que en el desempeño de su cargo incurran en actos u omisiones en contravención con lo señalado en la ley.

Xalapa, Ver.- El gobernador del Estado, Cuitláhuac García Jiménez, envió al Congreso local una iniciativa con la que se busca eliminar contratos o convenios con contribuyentes que hayan registrado operaciones inexistentes y se evite la aplicación de recursos de procedencia ilícita.

El documento que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Financiero y del Código de Procedimientos Administrativos, ambos del estado de Veracruz, indica que los servidores públicos facultados para celebrar convenios y contratos incluirán el documento en el que manifiesten haber contrastado que el contribuyente con el que se celebró dicho acto se encuentra en el listado emitido por el Servicio de Administración Tributaria.

En la iniciativa se faculta a la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) para proporcionar información en el ámbito de su competencia que permita coadyuvar en la prevención y combate a los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita que lleva a cabo la Unidad de Inteligencia Financiera y aquella que sea necesaria para la defensa de los intereses de la Hacienda pública federal o estatal.

La Sefiplan hará la distribución de los recursos públicos del presupuesto aprobado por el Congreso local.

Los poderes y organismos autónomos tienen la obligación de publicar en sus portales de internet durante los primeros cinco días de cada mes la información financiera de sus unidades de presupuesto, tanto de los ingresos como de los egresos, las participaciones mensuales por fondos que reciben distinguiendo los factores de distribución que le corresponde al Estado y los descuentos por concepto que realiza la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Además, enviarán al Congreso local un informe trimestral sobre el ejercicio de sus gastos a más tardar 30 días después del cierre del periodo que corresponda informar.

Para la celebración de contratos o convenios con proveedores o contratistas, registrados en el padrón correspondiente, éstos deberán presentar constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales por contribuciones estatales y opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.

La primera expedida por la Dirección General de Recaudación de la Sefiplan y la segunda por el SAT respecto a los impuestos federales. Ambas deberán tener como máximo 30 días de haber sido expedidas.

La Sefiplan podrá habilitar a terceros para que realicen notificaciones en materia de contribuciones estatales. Los terceros habilitados están obligados a guardar absoluta reserva de los datos de los contribuyentes que las autoridades fiscales suministren.

El notificador de los terceros habilitados deberá identificarse ante la persona con quien se entienda la diligencia, mediante la constancia que para tales casos emita la autoridad fiscal.

Si como resultado de las auditorías se detectan irregularidades que afecten la Hacienda Pública se procederá en términos del Código de Procedimientos Administrativos.

Ante ello, la Contraloría impondrá las sanciones disciplinarias a los servidores públicos que en el desempeño de su cargo incurran en actos u omisiones en contravención con lo señalado en la ley.

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