/ martes 20 de diciembre de 2022

Iguales a las del 2022, las participaciones federales y estatales a municipios

Aprueba Legislatura local la reforma al Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios de Veracruz

En la Novena Sesión Ordinaria, este Congreso aprobó que la distribución de distintos fondos de participaciones federales y estatales a los municipios de la entidad para el ejercicio 2023 se realice de acuerdo con los factores del año 2022, para lo cual, con 49 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, dio su aval a la reforma al Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios de Veracruz de Ignacio de la Llave.

La propuesta, plasmada mediante el Dictamen con Proyecto de Decreto, de la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, da cuenta de que, en el año 2000, un considerable número de municipios, sobre todo, los que registraron mayores índices de marginación y dependencia de dichos recursos, sufrió decremento en sus percepciones de participaciones federales. Esto obligó, desde 2001, a reformar cada año los artículos tercero y cuarto transitorios de la ley mencionada, para mantener vigentes los factores de distribución de ejercicios anteriores.

Asimismo, en 2008, para dar certidumbre a los municipios en cuanto a la distribución de esos recursos, fue derogado el cuarto transitorio y reformado el 15 de la ley en mención, para trasladar a este precepto los factores de distribución.

En virtud de lo anterior, de acuerdo con la reforma al tercero transitorio, para el ejercicio fiscal del año 2023, los fondos de participaciones que establecen los artículos 9 y 14 de la ley de referencia, el Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, los Fondos de Fiscalización y el Fondo de Extracción de Hidrocarburos se distribuirán a los municipios mediante la aplicación de los factores vigentes en 2022, en sustitución de los porcentajes referidos en el artículo 10 del mismo ordenamiento.

Asimismo, la recaudación derivada de la aplicación de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios al consumo de gasolina y diésel, en su porcentaje correspondiente al 9/11, se distribuirá a los municipios de la entidad en 70 por ciento con base en el factor de distribución del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FortamunDF) y en 30 por ciento con base en el Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM) vigentes en 2022.

En la Novena Sesión Ordinaria, este Congreso aprobó que la distribución de distintos fondos de participaciones federales y estatales a los municipios de la entidad para el ejercicio 2023 se realice de acuerdo con los factores del año 2022, para lo cual, con 49 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, dio su aval a la reforma al Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios de Veracruz de Ignacio de la Llave.

La propuesta, plasmada mediante el Dictamen con Proyecto de Decreto, de la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, da cuenta de que, en el año 2000, un considerable número de municipios, sobre todo, los que registraron mayores índices de marginación y dependencia de dichos recursos, sufrió decremento en sus percepciones de participaciones federales. Esto obligó, desde 2001, a reformar cada año los artículos tercero y cuarto transitorios de la ley mencionada, para mantener vigentes los factores de distribución de ejercicios anteriores.

Asimismo, en 2008, para dar certidumbre a los municipios en cuanto a la distribución de esos recursos, fue derogado el cuarto transitorio y reformado el 15 de la ley en mención, para trasladar a este precepto los factores de distribución.

En virtud de lo anterior, de acuerdo con la reforma al tercero transitorio, para el ejercicio fiscal del año 2023, los fondos de participaciones que establecen los artículos 9 y 14 de la ley de referencia, el Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, los Fondos de Fiscalización y el Fondo de Extracción de Hidrocarburos se distribuirán a los municipios mediante la aplicación de los factores vigentes en 2022, en sustitución de los porcentajes referidos en el artículo 10 del mismo ordenamiento.

Asimismo, la recaudación derivada de la aplicación de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios al consumo de gasolina y diésel, en su porcentaje correspondiente al 9/11, se distribuirá a los municipios de la entidad en 70 por ciento con base en el factor de distribución del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FortamunDF) y en 30 por ciento con base en el Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM) vigentes en 2022.

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