Boca del Río, Ver.- El Instituto Nacional Electoral (INE) recuerda que cuenta con un protocolo para garantizar que las personas no binarias, con expresión o identidad de género que no necesariamente se ajusta a su sexo, puedan obtener su mica y votar en igualdad de condiciones y sin discriminación.
Jaime Méndez Sandoval, vocal del Registro Federal de Electores de la Junta 04 Distrital, explica que el órgano electoral ya puede incorporar el identificador que corresponde a las personas no binarias, únicamente para quienes así lo manifiesten y se les reconozca con ese carácter en el apartado de sexo en la mica con una “X”.
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Esto sin la necesidad de que las personas hayan presentado algún documento de identidad rectificado.
“Para las personas no binarias realmente puede decir su credencial que es una persona no binaria o su género puede ser hombre o mujer, siempre y cuando la persona se declare como no binaria le hacemos el trámite”, explica.
El entrevistado detalla que en el caso del distrito número cuatro con sede en Boca del Río, ya han atendido dos casos de personas identificadas como no binarias que solicitaron el trámite de sus respectivas credenciales para votar.
“Tenemos un protocolo para la atención de estas personas que son declaradas como no binarias, de hecho, ya hemos hecho dos trámites de personas no binarias aquí en el distrito que formarán parte ya de la lista nominal”, dijo Jaime Méndez.
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El funcionario aclara también que los lineamientos del INE establecen que, en los casos de trámites para personas no binarias, los datos de información y control como la clave de elector y la Clave Única de Registro Poblacional (CURP) no pueden modificarse.
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Es de recordar que en febrero del presente año, 2023, el Consejo General del INE aprobó por mayoría de votos determinar viable la incorporación de la letra X en la credencial para votar con el fin de reconocer a las personas no binarias.
¿Personas trans ya pueden tramitar su credencial de elector?
También en julio del presente año, el Instituto Electoral abrió la posibilidad de expedir credenciales para votar a personas trans que, por su identidad sexual, requieran cambiar el dato de sexo.
Al igual que en el caso de la comunidad no binaria, la opción para las personas trans no implica la modificación de los datos de información y control de la credencial para votar, tales como la clave de elector, la CURP y la zona de lectura mecánica, entre otras.
Mientras no se presente el documento de identidad debidamente actualizado, en el que se refleje la nueva condición de género, a fin de que haya concordancia entre los registros.