/ jueves 30 de julio de 2020

Juez concede amparo a magistrada Gladys Pérez, Congreso no podrá nombrar a una persona en su lugar

Pidió ser restituida en el cargo, esta posibilidad se le negó

Xalapa, Ver.- La magistrada Gladys de Lourdes Pérez Maldonado, quien concluyó su periodo de diez años como integrante del Tribunal Superior de Justicia del Estado y a la cual el Congreso local le negó la posibilidad de ser ratificada por otros cinco años, solicitó un amparo ante la justicia federal para evitar ser separada del cargo e impedir que una persona sea electa en su lugar.

La solicitud fue hecha ante el Juez Decimoséptimo de Distrito, con sede en Xalapa, el pasado 28 de julio. El amparo le fue concedido de forma provisional únicamente en lo que corresponde a la selección, designación y toma de protesta de un nuevo magistrado que ocuparía su plaza, acto que corresponde al Congreso local.

“En relación con la suspensión provisional solicitada (…) relativa a la etapa conclusiva del procedimiento concerniente a la propuesta y designación de un nuevo magistrado para ocupar la plaza que actualmente desempeña; toda vez, que se consideran reunidos los requisitos previstos en el artículo 128 de la Ley de Amparo, pues la medida fue solicitada por la parte quejosa, no se sigue perjuicio al interés social, ni se contravienen disposiciones de orden público, procede conceder la suspensión provisional solicitada, para el efecto que las autoridades responsables”, expone la resolución.

Asimismo, se especifica que: De considerarlo necesario, continúen con el procedimiento respectivo para la designación de un nuevo magistrado del Poder Judicial del Estado de Veracruz, en sustitución de la promovente, hasta antes de la decisión de quien pudiera resultar electo; es decir, que las autoridades responsables se abstengan de dictar la resolución final correspondiente, así como de designar magistrado y tomar la protesta de ley correspondiente.

Dicha suspensión surte efectos hasta en tanto se notifique a la autoridad responsable lo que se resuelva respecto de la suspensión definitiva y sin necesidad que la quejosa otorgue garantía alguna, con motivo de los efectos para los cuales se concede.

En los actos reclamados la magistrada dijo estar en contra de la emisión y aprobación del acuerdo legislativo tomado en la sesión del pasado 7 de julio, donde se determinó no ratificarla como magistrada, así como los inminentes actos de ejecución, derivados de dicho acuerdo y las consecuencias que de hecho y de derecho que pudieran generarse por el mismo.

Foto: Archivo | Diario de Xalapa

Pidió que se detenga la propuesta, la elección, la toma de protesta, así como de cualquier orden para adscripción a sala que realice el pleno del Congreso local de quien resulte electo o electa para sustituirla.

Pérez Maldonado se pronunció en contra del acuerdo EPR-03/2020, emitido por el Consejo de la Judicatura en el que se determina como punto resolutivo lo siguiente: "Primero. se emite el presente dictamen no favorable para la magistrada Gladys de Lourdes Pérez Maldonado, en términos de lo preceptuado por los artículos 56 fracción xv y 59 de la Constitución Política del Estado de Veracruz; y los artículos 209 y 210 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado, relativo a la permanencia de la magistrada como integrante del Tribunal Superior de Justicia”.

Solicitó, además que se revise la resolución al recurso de reclamación de fecha del pasado 11 de julio en la que se confirmó el acuerdo EPR-03/2020, emitido por el Consejo de la Judicatura.


“La ejecución de cualquier orden de separación física y material de la suscrita como magistrada del PJEV. La ejecución de cualesquiera orden que tenga por objeto privarme de los derechos correspondientes al cargo de magistrada que desempeño, tales como emolumentos y prestaciones de ley”, expuso en su solicitud.

Para todos estos reclamos el juez determinó que “Consecuentemente, con fundamento en el artículo 107, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los diversos 128 y 139 de la Ley de Amparo, se niega la suspensión provisional solicitada para los efectos precisados…”.


Estableció que: En relación con la suspensión provisional solicitada por la parte quejosa para los efectos señalados, consistentes en mantener las cosas en el estado que actualmente guardan y por consiguiente la amparista pueda continuar en el cargo de Magistrada del Poder Judicial del Estado de Veracruz, posterior a la fecha de conclusión de su nombramiento hasta en tanto no se resuelva en definitiva el juicio de garantías del que deriva esta incidente, se niega la medida cautelar en virtud que ello equivaldría a constituir derechos a favor de la quejosa, al extender en el tiempo su nombramiento.

Lo anterior, debido a que el pasado 7 de julio fue publicado en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, con número extraordinario 270 el acuerdo por el que no se ratifica a la magistrada en el cargo.

“En efecto, de concederse la suspensión provisional en los términos solicitados se actuaría en contravención a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 131 de la Ley de Amparo, conforme el cual la suspensión no tiene efectos constitutivos, pues éstos son exclusivos de la sentencia que, en su caso, otorgue la protección constitucional”, establece el acuerdo.

Indicó que con la medida cautelar se obligaría a las autoridades señaladas como responsables a prolongar un nombramiento, que por disposición de ley se extingue al no haberse resuelto favorablemente sobre la ratificación de la quejosa como magistrada del Poder Judicial del Estado de Veracruz, lo cual no es propio de este tipo de providencias, sino, en todo caso, de la sentencia de fondo que conceda la protección constitucional solicitada

AMPARO OTORGADO

El pasado lunes el magistrado Marco Antonio Lezama Moo, logró que el Juzgado Décimo Octavo de Distrito le otorgara un plazo de 24 horas al Congreso del Estado para restituirlo en el cargo, plazo que venció el pasado martes.

El magistrado recurrió a un amparo que se le había otorgado desde diciembre del año pasado para lograr que la justicia federal ordenara al poder Legislativo “rectificar los errores” en los que se incurrió al obligarlo a su retiro forzoso, mismo que se aplicó por haber cumplido 70 años de edad.

En el expediente se establece que “De no acatar la resolución, se presentarán denuncias ante el Ministerio Público de la Federación”.

El magistrado habría recurrido al Juzgado Décimo Quinto de Distrito de Veracruz para solicitar el cobijo de un juez al ante el acuerdo del pasado 7 de julio, publicado en la Gaceta Oficial del Estado, donde se establece su “inminente destitución del cargo como Magistrado del Poder Judicial del Estado de Veracruz”.

Dicha solicitud le fue negada en la suspensión provisional, por lo que recurrió al amparo que ya había conseguido con anterioridad.

Su petición fue en contra del acuerdo de la Junta de Coordinación Política al determinar que tendría que acogerse al retiro forzoso y, por consiguiente, dejar vacante la magistratura que ocupaba. La justicia federal le concedió la suspensión definitiva de los actos reclamados al considerar que resultó agraviado por la resolución del Congreso local.

El pasado 7 de este mes, el Pleno de Diputados aprobó los acuerdos de la Junta de Coordinación Política en los que se declararon vacantes dos magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, al considerar que los togados Marco Antonio Lezama Moo y Roberto Dorantes Romero, quienes se tenían que retirar al cumplir 70 años de edad.

Por ello, recurrió al amparo ante la justicia federal al considerar que la reforma a la Constitución Política de Veracruz y a la Ley Orgánica del Poder Judicial del año 2018 no se le puede aplicar con retroactividad.

Lezama Moo fue nombrado magistrado por el Congreso local el 24 de junio de 2014, por lo que, de considerarse el supuesto de permanecer en el cargo por diez años, su periodo concluiría hasta el 24 de junio de 2024.

En la orden del día que se aprobará en la sesión de este jueves en el Congreso del Estado se incluye un proyecto de punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se nombrará a seis magistrados del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

El pasado 7 de julio el pleno del Congreso local aprobó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política en el que se determinó no ratificar en el cargo a ninguno de los cuatro magistrados del Tribunal Superior de Justicia Fernando Charlestón Salinas, Edel Álvarez Pela, Gladys Pérez Maldonado y Víctor Manuel César Rincón, quienes concluyen su función este 30 de julio.

Además, se sumaron las vacantes que dejarán libres los magistrados Marco Antonio Lezama Moo y Roberto Dorantes Romero, quienes cumplieron 70 años, por lo que deberán jubilarse.

Xalapa, Ver.- La magistrada Gladys de Lourdes Pérez Maldonado, quien concluyó su periodo de diez años como integrante del Tribunal Superior de Justicia del Estado y a la cual el Congreso local le negó la posibilidad de ser ratificada por otros cinco años, solicitó un amparo ante la justicia federal para evitar ser separada del cargo e impedir que una persona sea electa en su lugar.

La solicitud fue hecha ante el Juez Decimoséptimo de Distrito, con sede en Xalapa, el pasado 28 de julio. El amparo le fue concedido de forma provisional únicamente en lo que corresponde a la selección, designación y toma de protesta de un nuevo magistrado que ocuparía su plaza, acto que corresponde al Congreso local.

“En relación con la suspensión provisional solicitada (…) relativa a la etapa conclusiva del procedimiento concerniente a la propuesta y designación de un nuevo magistrado para ocupar la plaza que actualmente desempeña; toda vez, que se consideran reunidos los requisitos previstos en el artículo 128 de la Ley de Amparo, pues la medida fue solicitada por la parte quejosa, no se sigue perjuicio al interés social, ni se contravienen disposiciones de orden público, procede conceder la suspensión provisional solicitada, para el efecto que las autoridades responsables”, expone la resolución.

Asimismo, se especifica que: De considerarlo necesario, continúen con el procedimiento respectivo para la designación de un nuevo magistrado del Poder Judicial del Estado de Veracruz, en sustitución de la promovente, hasta antes de la decisión de quien pudiera resultar electo; es decir, que las autoridades responsables se abstengan de dictar la resolución final correspondiente, así como de designar magistrado y tomar la protesta de ley correspondiente.

Dicha suspensión surte efectos hasta en tanto se notifique a la autoridad responsable lo que se resuelva respecto de la suspensión definitiva y sin necesidad que la quejosa otorgue garantía alguna, con motivo de los efectos para los cuales se concede.

En los actos reclamados la magistrada dijo estar en contra de la emisión y aprobación del acuerdo legislativo tomado en la sesión del pasado 7 de julio, donde se determinó no ratificarla como magistrada, así como los inminentes actos de ejecución, derivados de dicho acuerdo y las consecuencias que de hecho y de derecho que pudieran generarse por el mismo.

Foto: Archivo | Diario de Xalapa

Pidió que se detenga la propuesta, la elección, la toma de protesta, así como de cualquier orden para adscripción a sala que realice el pleno del Congreso local de quien resulte electo o electa para sustituirla.

Pérez Maldonado se pronunció en contra del acuerdo EPR-03/2020, emitido por el Consejo de la Judicatura en el que se determina como punto resolutivo lo siguiente: "Primero. se emite el presente dictamen no favorable para la magistrada Gladys de Lourdes Pérez Maldonado, en términos de lo preceptuado por los artículos 56 fracción xv y 59 de la Constitución Política del Estado de Veracruz; y los artículos 209 y 210 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado, relativo a la permanencia de la magistrada como integrante del Tribunal Superior de Justicia”.

Solicitó, además que se revise la resolución al recurso de reclamación de fecha del pasado 11 de julio en la que se confirmó el acuerdo EPR-03/2020, emitido por el Consejo de la Judicatura.


“La ejecución de cualquier orden de separación física y material de la suscrita como magistrada del PJEV. La ejecución de cualesquiera orden que tenga por objeto privarme de los derechos correspondientes al cargo de magistrada que desempeño, tales como emolumentos y prestaciones de ley”, expuso en su solicitud.

Para todos estos reclamos el juez determinó que “Consecuentemente, con fundamento en el artículo 107, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los diversos 128 y 139 de la Ley de Amparo, se niega la suspensión provisional solicitada para los efectos precisados…”.


Estableció que: En relación con la suspensión provisional solicitada por la parte quejosa para los efectos señalados, consistentes en mantener las cosas en el estado que actualmente guardan y por consiguiente la amparista pueda continuar en el cargo de Magistrada del Poder Judicial del Estado de Veracruz, posterior a la fecha de conclusión de su nombramiento hasta en tanto no se resuelva en definitiva el juicio de garantías del que deriva esta incidente, se niega la medida cautelar en virtud que ello equivaldría a constituir derechos a favor de la quejosa, al extender en el tiempo su nombramiento.

Lo anterior, debido a que el pasado 7 de julio fue publicado en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, con número extraordinario 270 el acuerdo por el que no se ratifica a la magistrada en el cargo.

“En efecto, de concederse la suspensión provisional en los términos solicitados se actuaría en contravención a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 131 de la Ley de Amparo, conforme el cual la suspensión no tiene efectos constitutivos, pues éstos son exclusivos de la sentencia que, en su caso, otorgue la protección constitucional”, establece el acuerdo.

Indicó que con la medida cautelar se obligaría a las autoridades señaladas como responsables a prolongar un nombramiento, que por disposición de ley se extingue al no haberse resuelto favorablemente sobre la ratificación de la quejosa como magistrada del Poder Judicial del Estado de Veracruz, lo cual no es propio de este tipo de providencias, sino, en todo caso, de la sentencia de fondo que conceda la protección constitucional solicitada

AMPARO OTORGADO

El pasado lunes el magistrado Marco Antonio Lezama Moo, logró que el Juzgado Décimo Octavo de Distrito le otorgara un plazo de 24 horas al Congreso del Estado para restituirlo en el cargo, plazo que venció el pasado martes.

El magistrado recurrió a un amparo que se le había otorgado desde diciembre del año pasado para lograr que la justicia federal ordenara al poder Legislativo “rectificar los errores” en los que se incurrió al obligarlo a su retiro forzoso, mismo que se aplicó por haber cumplido 70 años de edad.

En el expediente se establece que “De no acatar la resolución, se presentarán denuncias ante el Ministerio Público de la Federación”.

El magistrado habría recurrido al Juzgado Décimo Quinto de Distrito de Veracruz para solicitar el cobijo de un juez al ante el acuerdo del pasado 7 de julio, publicado en la Gaceta Oficial del Estado, donde se establece su “inminente destitución del cargo como Magistrado del Poder Judicial del Estado de Veracruz”.

Dicha solicitud le fue negada en la suspensión provisional, por lo que recurrió al amparo que ya había conseguido con anterioridad.

Su petición fue en contra del acuerdo de la Junta de Coordinación Política al determinar que tendría que acogerse al retiro forzoso y, por consiguiente, dejar vacante la magistratura que ocupaba. La justicia federal le concedió la suspensión definitiva de los actos reclamados al considerar que resultó agraviado por la resolución del Congreso local.

El pasado 7 de este mes, el Pleno de Diputados aprobó los acuerdos de la Junta de Coordinación Política en los que se declararon vacantes dos magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, al considerar que los togados Marco Antonio Lezama Moo y Roberto Dorantes Romero, quienes se tenían que retirar al cumplir 70 años de edad.

Por ello, recurrió al amparo ante la justicia federal al considerar que la reforma a la Constitución Política de Veracruz y a la Ley Orgánica del Poder Judicial del año 2018 no se le puede aplicar con retroactividad.

Lezama Moo fue nombrado magistrado por el Congreso local el 24 de junio de 2014, por lo que, de considerarse el supuesto de permanecer en el cargo por diez años, su periodo concluiría hasta el 24 de junio de 2024.

En la orden del día que se aprobará en la sesión de este jueves en el Congreso del Estado se incluye un proyecto de punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se nombrará a seis magistrados del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

El pasado 7 de julio el pleno del Congreso local aprobó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política en el que se determinó no ratificar en el cargo a ninguno de los cuatro magistrados del Tribunal Superior de Justicia Fernando Charlestón Salinas, Edel Álvarez Pela, Gladys Pérez Maldonado y Víctor Manuel César Rincón, quienes concluyen su función este 30 de julio.

Además, se sumaron las vacantes que dejarán libres los magistrados Marco Antonio Lezama Moo y Roberto Dorantes Romero, quienes cumplieron 70 años, por lo que deberán jubilarse.

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