/ martes 14 de diciembre de 2021

Llaman a la conciliación para el pago de aguinaldos

Dicha prestación es un derecho para los trabajadores, sin embargo, se puede llegar a un acuerdo para entrar en proceso de conciliación, lo que les permitirá a empleadores pagarlos en forma

La secretaria del Trabajo, Previsión Social y Productividad, Dorheny García Cayetano, subraya que, aunque el aguinaldo es un derecho para los trabajadores, se puede llegar a un acuerdo entre empleados y empleadores, entrar en proceso de conciliación, lo que les permita pagarlos en forma.

“Debemos entrar a un proceso de mediación o de conciliación en este caso, no es válido que no paguen los aguinaldos, pero sí muchos empleados están en la conciencia de que muchas empresas tuvieron una situación de tomar medidas para conservar los empleos; es decir, reducir el personal, el salario o cerrar sus puertas”.

Leer más: ¿Cuándo se recibe y cómo calcular el aguinaldo?, aquí te decimos

Señala que están conscientes de la situación económica por la pasan los dueños de los negocios y obligarlos a cumplir en tiempo, podría implicar el cierre de muchos establecimientos comerciales.

Así, dice esperar que se dé un diálogo y haya buena disposición entre ambas partes, para ir viendo cómo les pueden otorgar dicha prestación laboral.

“Llegar a un acuerdo que les permita a lo mejor tenerlo no en tiempo, pero sí en forma para que nuestras empresas tampoco vean vulnerada su economía. Obviamente, muchas de ellas tuvieron ganancias y a partir de ello, es que se puede hacer el cálculo”.

Explica que a la sociedad en general no le conviene que los propietarios de los establecimientos comerciales, por pagar los aguinaldos, se queden sin liquidez y decidan cerrar en enero, ya que implicaría el cierre de una fuente de empleo.

“Tiene que haber un proceso en el que a lo mejor lo dividan en tres partes, excepcionalmente me refiero, y siempre y cuando los empleados estén de acuerdo porque yo estimo que de muy poco sirve que te paguen tu aguinaldo completo, que es tu derecho, pero que no tengan trabajo en enero o en febrero”.

La Ley Federal del Trabajo marca que este beneficio debe ser entregado a más tardar el 20 de diciembre, aunque insiste en que quizá no sea posible para todos pagarlo antes de esa fecha.

La secretaria del Trabajo, Previsión Social y Productividad, Dorheny García Cayetano, subraya que, aunque el aguinaldo es un derecho para los trabajadores, se puede llegar a un acuerdo entre empleados y empleadores, entrar en proceso de conciliación, lo que les permita pagarlos en forma.

“Debemos entrar a un proceso de mediación o de conciliación en este caso, no es válido que no paguen los aguinaldos, pero sí muchos empleados están en la conciencia de que muchas empresas tuvieron una situación de tomar medidas para conservar los empleos; es decir, reducir el personal, el salario o cerrar sus puertas”.

Leer más: ¿Cuándo se recibe y cómo calcular el aguinaldo?, aquí te decimos

Señala que están conscientes de la situación económica por la pasan los dueños de los negocios y obligarlos a cumplir en tiempo, podría implicar el cierre de muchos establecimientos comerciales.

Así, dice esperar que se dé un diálogo y haya buena disposición entre ambas partes, para ir viendo cómo les pueden otorgar dicha prestación laboral.

“Llegar a un acuerdo que les permita a lo mejor tenerlo no en tiempo, pero sí en forma para que nuestras empresas tampoco vean vulnerada su economía. Obviamente, muchas de ellas tuvieron ganancias y a partir de ello, es que se puede hacer el cálculo”.

Explica que a la sociedad en general no le conviene que los propietarios de los establecimientos comerciales, por pagar los aguinaldos, se queden sin liquidez y decidan cerrar en enero, ya que implicaría el cierre de una fuente de empleo.

“Tiene que haber un proceso en el que a lo mejor lo dividan en tres partes, excepcionalmente me refiero, y siempre y cuando los empleados estén de acuerdo porque yo estimo que de muy poco sirve que te paguen tu aguinaldo completo, que es tu derecho, pero que no tengan trabajo en enero o en febrero”.

La Ley Federal del Trabajo marca que este beneficio debe ser entregado a más tardar el 20 de diciembre, aunque insiste en que quizá no sea posible para todos pagarlo antes de esa fecha.

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