Al señalar que existen precedentes de que no se puede aplicar en retroactividad el retiro forzoso a los magistrados que cumplan 70 años de edad, la magistrada Concepción Flores Saviaga, adelantó que podría regresar a la Octava Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, de donde fue removida para la Visitaduría.
En entrevista, dio a conocer que está a la espera de que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, con sede en Boca del Río, resuelva en definitiva el amparo que el Juzgado Decimoctavo de Distrito del Poder Judicial de la Federación le otorgó derivado a las violaciones cometidas a sus derechos humanos y sus garantías jurisdiccionales por parte del Pleno, tras haber sido removida de la Octava Sala.
Explicó que la disputa legal se encuentra radicada Tribunal Colegiado, ya que ambas partes interpusieron Recurso de Revisión: la autoridad responsable por no aceptar el fallo del juzgado federal y la quejosa por la búsqueda de un amparo liso y llano.
“Ya gané el amparo, le piden al Pleno que funde y motive y no tiene ningún elemento para motivar el cambio de adscripción porque no me la dieron de forma gratuita, la gané por una resolución de un amparo desde el 2015”, expuso.
Refirió que dicho amparo lo presentó en septiembre del 2021, luego de que el Pleno decidió cambiarla de adscripción, sin aparente fundamento.
“El amparo se me otorgó hace dos meses, en abril, yo espero que en unos cuatro o cinco meses quede resuelto en el Colegiado”, dijo.
En torno al retiro de los magistrados al cumplir los 70 años de edad, destacó que se tiene el precedente de dos personas que obtuvieron amparos, dado que la ley no se puede aplicar en perjuicio ni para quienes obtuvieron su cargo con inamovilidad.
En su opinión, la magistrada presidenta, Isabel Inés Romero Cruz, no sabe interpretar la ley, por lo que busca aplicar el retiro forzoso sin considerar los derechos ganados de los magistrados, “ella se va por edad porque a ella sí le aplica la ley porque fue nombrada bajo la reforma del 2017, a ellos sí les aplica la ley, a nosotros no porque fuimos nombrados con otra ley”.
“No sabe interpretar la ley, hay criterios de que el retiro forzoso se aplica porque no es en perjuicio, pero claro que es en perjuicio de todos los magistrados que tenemos antigüedad, la interpretación de la ley es clara y concreta, en particular tengo dos amparos, en el primero se me reconoció la retroactividad y en el segundo se reconocieron los derechos de género por el cambio de adscripción”, expresó.
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Además, manifestó que los magistrados con mayor edad son quienes cuentan con la experiencia necesaria para la aplicación de la justicia.
“De acuerdo a las normas nacionales e internacionales tenemos la inamovilidad y tendrá que determinarse la edad promedio para que se considere que ya no estamos aptos para aplicar la justicia, pero somos las personas más preparadas, más conscientes y con mayor convicción de lo que es la administración de justicia, los magistrados que tenemos la antigüedad somos las personas más preparadas para administrar la justicia y tenemos una formación que va mejorando cada día”, agregó.