El acoso laboral, conocido también como mobbing, puede ser sancionado con montos mayores a los 5 mil y hasta 500 mil pesos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
El pasado 31 de enero la síndica de Coatzintla, Eunice García García, denunció públicamente que el alcalde del mismo ayuntamiento César Ulises García Vázquez será inscrito por dos años en el Registro de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género por determinación del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) al cometer violencia de género, situación que le ha impedido cumplir con sus deberes de manera plena.
En torno a ello, la abogada en derecho laboral, Fernanda Palacios Gómez, aseguró que este tipo de violencia es poco denunciada, pero que tiene graves implicaciones para el patrón, la empresa o el jefe directo que la haya cometido.
¿Cuáles son las multas por Mobbing laboral?
Explicó que en la Ley Federal del Trabajo se indica que el patrón que incurra en discriminación y permita acciones de acoso laboral puede ser sancionado con 250 a 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir de 5 mil 428.50 a 542 mil 850 pesos, según la gravedad de los hechos.
Detalló que este tipo de violencia se relaciona con el comportamiento violento o acoso hacia una persona en particular en su espacio de trabajo y, en su mayoría, se ejerce con el objetivo de que una persona renuncie, sea despedido o realice sus actividades por temor a perder su empleo.
¿Quiénes pueden sufrir de Mobbing laboral?
Manifestó que aunque las mujeres son quienes más están expuestas a este tipo de situaciones, los hombres también padecen acoso laboral, sobre todo cuando se trata de empresas en las que se exige un alto nivel de rendimiento.
“Hay muchas maneras de identificar este tipo de acoso, pero tenemos varias acciones con las cuales se puede identificar de mejor manera, en ocasiones son gritos de compañeros o jefes, amenazas, humillaciones, ridiculización, exhibición frente a los demás trabajadores y, en ciertos casos, acoso sexual”, expuso.
Recordó que este tipo de acoso fue aprobado en el Senado de la República en 2016, a fin de que el mobbing sea considerado como violación a los derechos de los trabajadores y para erradicar toda conducta violenta y hostil hacia quienes realizan sus labores cotidianamente.
“Son pocas las personas que recurren a la denuncia porque no logran identificar que se trata de un acto de acoso, muchos trabajadores están acostumbrados a que se les trate mal o que se les exija más de lo que son sus deberes, lo cual pone en riesgo su estabilidad emocional y física”, comentó.
¿Cómo denunciar el Mobbing o acoso laboral?
Indicó que este tipo de acoso debe ser denunciado ante las autoridades judiciales y laborales, a fin de que se determine el grado de daño que se ha generado contra el trabajador.
Tras ello, las autoridades emitirán una resolución que implica una sanción económica, así como mejoras para la situación laboral del trabajador.
“Siempre pedimos a los trabajadores que se nos acercan para hacer una denuncia de este tipo o para pedirnos una asesoría que presenten las pruebas que tienen, pero lo más importante es que no deban sentir temor por perder su trabajo, pues se cuenta con las herramientas necesarias para poder lograr una resolución favorable”, argumentó.
Lo que dice la ley sobre el Mobbing o acoso laboral
En 2016 la Cámara alta aprobó un paquete de reformas a las leyes federales para eliminar la violencia y el acoso laboral.
Entre las modificaciones se incluyó la Ley Federal del Trabajo, a través de la cual se planteó que en el reglamento interno de trabajo de las empresas debe integrarse un protocolo para prevenir el acoso y hostigamiento.
Dicho reglamento debe considerar cuáles pueden ser actos de violencia para los empleados.
En la norma federal se señala que los actos de violencia laboral deben ser prohibidos, así como el alcance de las medidas de protección para prevenir y sancionar todas las formas de violencia a las que se enfrenten las personas trabajadoras en el ejercicio o con motivo de su labor.
Las empresas deben tener un área necesaria para atender y resolver las quejas por violencia laboral, así como un protocolo a seguir para presentar y resolver las quejas, incluidos los tiempos en los que debe darse respuesta a la persona denunciante.
De la misma forma, se tienen que incluir las medidas de protección que deben tomarse durante el tiempo que tarde la resolución del caso, a fin de proteger a las personas denunciantes, testigos e informantes frente a victimizaciones adicionales y posibles represalias.
También se deben incluir las medidas de reparación integral del daño a la o las víctimas de violencia laboral. Éstas deben incluir medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.