Para impulsar la transparencia, la rendición de cuentas y el ejercicio eficiente de los recursos públicos en los ayuntamientos y los organismos operadores del servicio de agua potable, el Órgano de Fiscalización Superior (Orfis) sancionará el incumplimiento de la presentación del Programa General de Inversión y las Modificaciones Presupuestales, así como la entrega de los Reportes Trimestrales de Avances Físico-Financieros y el cierre del ejercicio.
El incumplimiento de esas obligaciones será sancionado con una multa de 28 mil 886 pesos a 96 mil 220 pesos, que deberán pagarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a que surta efectos su notificación, mediante depósito a la cuenta bancaria correspondiente, a nombre del Orfis.
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En ningún caso, deberán ser cubiertas con recursos públicos, independientemente de que a través de los Órganos Internos de Control de los ayuntamientos se lleve a cabo la investigación correspondiente, a efecto de identificar al o los servidores públicos responsables directos del incumplimiento e instrumentar las acciones para la determinación de responsabilidades, que en su caso juzguen pertinentes.
La auditora general del organismo, Delia González Cobos, emitió las Reglas de Carácter General para la Presentación de la Información Municipal, a través del Sistema Integral Gubernamental Modalidad Armonizado de Veracruz (SIGMAVER) y del Sistema de Información Municipal de Veracruz (SIMVER).
Con ello, se establece que los entes fiscalizables municipales ya debieron haber solicitado las claves de usuario para la operación del SIMVER, mismas que al término de la administración municipal y paramunicipal se cancelarán.
Asimismo, se reitera la obligación de los ayuntamientos y las entidades paramunicipales de presentar ante el pública a más tardar el día 25 del mes inmediato posterior al que se informa, así como el Programa General de Inversión, las Modificaciones Presupuestales, los Reportes Trimestrales de Avances Físico-Financieros y el Cierre de Ejercicio.
La presentación de esa información ante el Orfis no exime a los entes fiscalizables municipales de cumplir con la obligación de entregar los estados financieros y estados de obra pública al Congreso del Estado.
El Orfis, a través de las Unidades Administrativas que determine su Reglamento, revisará los documentos presentados por los entes fiscalizables para el cumplimiento en la presentación del Programa General de Inversión, los Reportes Trimestrales de Avances Físico-Financieros, las Modificaciones Presupuestales y el Cierre de Ejercicio.
En caso de que éstos no sean aptos o suficientes para realizar el análisis correspondiente, por única ocasión, podrá solicitarle al presidente municipal o al titular de la entidad paramunicipal, complementar o corregir, realizando dicho requerimiento por conducto de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, para lo cual dispondrán de un término de tres días hábiles, contados a partir de que surta efectos la notificación.
De no cumplirse con lo requerido, los citados servidores públicos se harán acreedores a la sanción correspondiente incumplimiento al requerimiento solicitado tendrá como efecto que no se tenga por presentada la información. En caso de reincidencia, la sanción que se imponga no podrá ser la mínima.
De la misma forma, se determina que se debe entregar al Orfis el Directorio de Servidores Públicos Municipales y la integración de los Consejos de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN), que estarán conformados por servidores públicos y ciudadanos, organizaciones sociales y los sectores público y privado del ámbito municipal, designados por el Cabildo, invitados mediante convocatoria pública emitida por el Ayuntamiento.
También deben integrar los Consejos de Desarrollo Municipal (CDM), los Comités de Contraloría Social, el Padrón de Contratistas y la Publicación de Obras y Acciones que ejecutarán con recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF) y del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF).