/ jueves 16 de julio de 2020

Por coronavirus debió decretarse estado de emergencia o de excepción: expertos

El investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UV, Arturo Miguel Chipuli Castillo, señaló que se pudieron haber tomado medidas preventivas con el fin de no llegar a la situación que se vive por el Covid-19

La emergencia sanitaria por Covid-19 en México fue atendida de manera tardía, débil e irrisoria, legalmente hablando, aseguraron abogados veracruzanos, quienes criticaron la forma en la que hasta el momento se ha hecho frente a la pandemia. A cuatro meses y medio de la llegada del virus al país, los doctores en Derecho expusieron que existían herramientas legales de las cuales echar mano para atender de mejor manera la pandemia.

El investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana, Arturo Miguel Chipuli Castillo, señaló que en México se pudieron haber tomado medidas preventivas y extraordinarias con el fin de no llegar a la situación que se vive por el Covid-19.

Indicó que en su momento acciones preventivas como limitar el libre tránsito o establecer medidas de confinamiento o cuarentena obligatoria podrían haber ayudado para evitar el número de contagios y de fallecimientos por esta enfermedad.

“En México la emergencia sanitaria se atendió de forma muy débil en las primeras semanas, de alguna manera hubo una dinámica enfocada a menoscabar la gravedad de la emergencia y eso nos quitó alguna forma de atender más efectiva”, dijo.

No obstante, explicó que la suspensión de los derechos humanos para hacerle frente a la pandemia no era una cuestión tan sencilla de aplicar, ya que debía de haber participación del Congreso de la Unión y la Suprema Corte de Justicia, con el fin de justificar las medidas a tomar en un momento determinado. Además de que tenía que haber sido decretado un estado de emergencia o de excepción para que se pudieran aplicar esta suspensión.

Chipuli Castillo consideró que en el sector económico las autoridades también han cometido errores a la hora de afrontar la emergencia. Señaló que las cuarentenas pueden ser aplicadas siempre y cuando se establezcan medidas de seguridad laboral y económica para todos los sectores.

“La gran omisión, me parece, es que no hubo realmente un apoyo a los sectores vulnerables, lo cual generó una ruptura del confinamiento por parte de las personas que tienen que ganarse los alimentos todos los días”.

La abogada Diana Fabiola Álvarez Salas calificó la reacción administrativa de las autoridades gubernamentales ante el Covid-19 como “irrisoria legalmente”.

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Explicó que esta reacción se refiere y traduce en la abundante emisión de actos de autoridad con notoria falta de legalidad y con las declaraciones desmesuradas de los servidores públicos en sus redes sociales, quienes han olvidado o no se han percatado de que cada posicionamiento emitido, aunque sea en una entrevista o en un tweet, se convierte en un acto de autoridad.

En ese sentido, precisó que la emergencia se ha caracterizado por ser un periodo, donde solo las autoridades emiten acuerdos y decretos, los cuales limitan derechos sin que medie de por medio un acto de autoridad que cumpla con los requisitos mínimos esenciales ni con los principios fundamentales enmarcados por la Carta Magna.

La emergencia sanitaria por Covid-19 en México fue atendida de manera tardía, débil e irrisoria, legalmente hablando, aseguraron abogados veracruzanos, quienes criticaron la forma en la que hasta el momento se ha hecho frente a la pandemia. A cuatro meses y medio de la llegada del virus al país, los doctores en Derecho expusieron que existían herramientas legales de las cuales echar mano para atender de mejor manera la pandemia.

El investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana, Arturo Miguel Chipuli Castillo, señaló que en México se pudieron haber tomado medidas preventivas y extraordinarias con el fin de no llegar a la situación que se vive por el Covid-19.

Indicó que en su momento acciones preventivas como limitar el libre tránsito o establecer medidas de confinamiento o cuarentena obligatoria podrían haber ayudado para evitar el número de contagios y de fallecimientos por esta enfermedad.

“En México la emergencia sanitaria se atendió de forma muy débil en las primeras semanas, de alguna manera hubo una dinámica enfocada a menoscabar la gravedad de la emergencia y eso nos quitó alguna forma de atender más efectiva”, dijo.

No obstante, explicó que la suspensión de los derechos humanos para hacerle frente a la pandemia no era una cuestión tan sencilla de aplicar, ya que debía de haber participación del Congreso de la Unión y la Suprema Corte de Justicia, con el fin de justificar las medidas a tomar en un momento determinado. Además de que tenía que haber sido decretado un estado de emergencia o de excepción para que se pudieran aplicar esta suspensión.

Chipuli Castillo consideró que en el sector económico las autoridades también han cometido errores a la hora de afrontar la emergencia. Señaló que las cuarentenas pueden ser aplicadas siempre y cuando se establezcan medidas de seguridad laboral y económica para todos los sectores.

“La gran omisión, me parece, es que no hubo realmente un apoyo a los sectores vulnerables, lo cual generó una ruptura del confinamiento por parte de las personas que tienen que ganarse los alimentos todos los días”.

La abogada Diana Fabiola Álvarez Salas calificó la reacción administrativa de las autoridades gubernamentales ante el Covid-19 como “irrisoria legalmente”.

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Explicó que esta reacción se refiere y traduce en la abundante emisión de actos de autoridad con notoria falta de legalidad y con las declaraciones desmesuradas de los servidores públicos en sus redes sociales, quienes han olvidado o no se han percatado de que cada posicionamiento emitido, aunque sea en una entrevista o en un tweet, se convierte en un acto de autoridad.

En ese sentido, precisó que la emergencia se ha caracterizado por ser un periodo, donde solo las autoridades emiten acuerdos y decretos, los cuales limitan derechos sin que medie de por medio un acto de autoridad que cumpla con los requisitos mínimos esenciales ni con los principios fundamentales enmarcados por la Carta Magna.

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