Un juez federal le otorgó una suspensión provisional al regidor segundo de Sayula de Alemán, Abimael "N", ya que el edil acusó desaparición forzada, incomunicación y tortura. Pese a la resolución del togado, no alcanza libertad.
Al edil se le ejecutó una orden de aprehensión como presunto responsable de los delitos de violencia psicológica y violencia política contra las mujeres en razón de género, en agravio de la alcaldesa de Sayula de Alemán, Lorena Sánchez Vargas.
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En la resolución del Juez se ordenó al Congreso local presentar los videos de su detención, ya que la defensa del regidor sostuvo que fue detenido al salir del Palacio Legislativo.
Abimael "N" interpuso el amparo, señalando haber sido privado de la libertad fuera de procedimiento y dilación en la puesta a disposición, por lo que el juez federal otorgó la suspensión provisional de la justicia federal con el efecto de que deje de estar incomunicado, entre otras medidas para que no se violenten sus derechos humanos.
¿De qué acusa la FGE al regidor de Sayula?
De acuerdo con la Fiscalía General del Estado, Abimael "N" es el presunto responsable de los delitos de violencia psicológica y violencia política contra las mujeres en razón de género en agravio de la presidenta municipal de Sayula de Alemán, Lorena Sánchez Vargas, según consta en el proceso penal 26/2022.
Sin embargo, la defensa del regidor acusó que el edil fue privado de la libertad de manera ilegal al salir del Congreso de Veracruz, siendo víctima de desaparición forzada, incomunicación, tortura, así como privación de la libertad fuera del procedimiento y dilación en la puesta a disposición.
El juez federal concedió la suspensión de plano para que cese de inmediato la incomunicación de Abimael N, así como todo acto que importe tortura, golpes e intimidación y demás prohibidos por el artículo 22 Constitucional.
“Si la detención del quejoso fue efectuada por autoridades administrativas distintas del Ministerio Público, como probable responsable de algún delito, la suspensión se concede para el efecto de que sin dilación sea puesto a disposición del Ministerio Público, para que éste determine su libertad o su retención dentro del plazo y en los términos que el párrafo décimo del artículo 16 constitucional lo permite o bien, lleve a cabo la consignación respectiva”, señala la resolución del juez.
En el expediente se menciona que si la orden privativa de libertad deriva de una averiguación previa o carpeta de investigación, el regidor sólo podrá ser retenido hasta por cuarenta y ocho o noventa y seis horas, plazo en el que deberán ordenar su libertad o ponerlo a disposición de la autoridad judicial competente.
“Si la detención no está ordenada por autoridad Judicial ni se trata de delito flagrante o urgente, el fiscal del Ministerio Público deberá ordenar su inmediata libertad, sin perjuicio de la averiguación previa correspondiente”, destaca.
El juez federal agregó que si la privación de libertad emana de procedimiento judicial, orden de aprehensión, deberá informarlo la Fiscalía General del Estado.
Aunado a ello, la resolución instruye a que un fedatario haga constar si el regidor presenta algún rastro de golpes o lesiones a simple vista, y en su caso certificar el estado de salud en el que se encuentre, además que el Congreso deberá de presentar los videos y todas las evidencias gráficas de la detención, con el objetivo de identificar qué personas detuvieron al quejoso.
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¿Cómo fue detenido Abimael N?
Abimael "N" acudió la mañana del 17 de enero al Congreso del Estado en compañía del Cabildo de Sayula de Alemán, ya que fueron llamados por la Comisión de Gobernación para mediar el conflicto en el ayuntamiento.
No obstante, previo a la reunión y en un restaurante ubicado en las inmediaciones del Congreso del Estado, el edil fue detenido por agentes ministeriales y trasladado a la sala de juicios orales del reclusorio de Pacho Viejo, Coatepec, a disposición de un juez de control para que defina su situación jurídica.