/ lunes 14 de enero de 2019

Publicará Orfis las Reglas Técnicas de Auditoría Pública

Las determinaciones no liberan a los servidores o exservidores públicos de cualquier otra responsabilidad de carácter administrativo, resarcitorio, civil o penal

En próximos días, el Órgano de Fiscalización Superior del estado publicará en la Gaceta Oficial del Estado las Reglas Técnicas de Auditoría Pública para el Procedimiento de Fiscalización Superior en el Estado de Veracruz; dichas reglas son aplicables a la Cuenta Pública 2018, informó Lorenzo Antonio Portilla Vásquez, auditor general del estado.

Foto: Ilustrativa


En las mencionadas reglas, dijo, se comenta que los procedimientos de auditoría se realizarán con apego a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables, así como a las Normas Internacionales de Auditoría, Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, y con base en pruebas y/o muestras selectivas de los rubros o partidas, obras y acciones ejecutadas, así como de los archivos que contienen la documentación justificativa y comprobatoria de las mismas.

Es importante señalar que los procedimientos de auditoría, también servirán para evaluar la eficacia y eficiencia de los actos de los servidores o ex servidores públicos, encargados de las funciones del Órgano de Control Interno de los Entes Fiscalizables, con independencia de las demás responsabilidades en que pudieran incurrir con motivo del desempeño de sus atribuciones”, dijo el titular del Orfis.

Manifestó que las determinaciones, resoluciones o conclusiones de carácter definitivo que emita el Orfis, con motivo de la revisión de las Cuentas Públicas, sólo tendrán efecto por cuanto a los alcances, porcentajes de revisión, pruebas y/o muestras selectivas de las obras, procedimientos legales y acciones relativas a la gestión financiera y su fiscalización superior.

Foto: Ilustrativa


Por lo anterior, las determinaciones no liberan a los servidores o exservidores públicos obligados a comprobar y solventar las inconsistencias detectadas, de cualquier otra responsabilidad de carácter administrativo, resarcitorio, civil o penal, que pudiera derivarse del ejercicio del empleo, cargo o comisión desempeñado, cualquiera que sea su denominación.

En próximos días, el Órgano de Fiscalización Superior del estado publicará en la Gaceta Oficial del Estado las Reglas Técnicas de Auditoría Pública para el Procedimiento de Fiscalización Superior en el Estado de Veracruz; dichas reglas son aplicables a la Cuenta Pública 2018, informó Lorenzo Antonio Portilla Vásquez, auditor general del estado.

Foto: Ilustrativa


En las mencionadas reglas, dijo, se comenta que los procedimientos de auditoría se realizarán con apego a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables, así como a las Normas Internacionales de Auditoría, Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, y con base en pruebas y/o muestras selectivas de los rubros o partidas, obras y acciones ejecutadas, así como de los archivos que contienen la documentación justificativa y comprobatoria de las mismas.

Es importante señalar que los procedimientos de auditoría, también servirán para evaluar la eficacia y eficiencia de los actos de los servidores o ex servidores públicos, encargados de las funciones del Órgano de Control Interno de los Entes Fiscalizables, con independencia de las demás responsabilidades en que pudieran incurrir con motivo del desempeño de sus atribuciones”, dijo el titular del Orfis.

Manifestó que las determinaciones, resoluciones o conclusiones de carácter definitivo que emita el Orfis, con motivo de la revisión de las Cuentas Públicas, sólo tendrán efecto por cuanto a los alcances, porcentajes de revisión, pruebas y/o muestras selectivas de las obras, procedimientos legales y acciones relativas a la gestión financiera y su fiscalización superior.

Foto: Ilustrativa


Por lo anterior, las determinaciones no liberan a los servidores o exservidores públicos obligados a comprobar y solventar las inconsistencias detectadas, de cualquier otra responsabilidad de carácter administrativo, resarcitorio, civil o penal, que pudiera derivarse del ejercicio del empleo, cargo o comisión desempeñado, cualquiera que sea su denominación.

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