/ jueves 29 de septiembre de 2022

Presenta Diputado iniciativa sobre cuotas y tarifas de agua potable

Acceso universal y equitativo a un precio asequible, plantea Fernando Arteaga Aponte

Mediante una Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley número 21 de Aguas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el diputado Fernando Arteaga Aponte planteó generar condiciones para garantizar que el agua potable sea accesible y asequible para las y los veracruzanos.

Al participar en la Sexta Sesión Ordinaria del Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional, el legislador explicó que su iniciativa propone que el servicio de agua potable debe ser medido con aparatos específicos que correrán a cuenta del prestador del servicio y que únicamente para los casos en los que por algún motivo no se cuente con tales dispositivos, por causas ajenas a éste último, se deberá aplicar cuotas fijas previamente aprobadas por esta Soberanía.

De esta manera, amplió, se garantiza al usuario que la erogación por tal servicio siempre será proporcional a su consumo, pudiendo dar lugar al cobro de tarifas preferenciales en aquellos casos en que exista un uso eficiente y moderado de agua potable.

La reforma al Artículo 99 prevé que el órgano de gobierno del organismo operador o su equivalente y los concesionarios deberán presentar al Congreso del Estado la propuesta de cuotas y tarifas para el cobro de los servicios de suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales a su cargo.

En todo caso, la propuesta será actualizada por el prestador de los servicios acatando las metodologías que expida el Congreso del Estado y que establecerán los parámetros y su interrelación para el cálculo de las tarifas medias de equilibrio, con base en la fórmula general que se define en la misma ley.

El diputado Fernando Arteaga Aponte plantea que la propuesta para el cobro de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales deberá ser presentada por el organismo operador y los concesionarios a más tardar el 15 de noviembre del año previo en que deban entrar en vigor las cuotas y tarifas. Además, el Congreso del Estado analizará las propuestas presentadas, dictaminará y aprobará, a más tardar, el 31 de diciembre del año previo en que deban entrar en vigor.

También se considera que, en caso de que el prestador del servicio no presente su propuesta conforme a lo dispuesto en dicho ordenamiento, este Congreso determinará las tarifas que tendrán vigencia en el año siguiente, en tanto no se apruebe la nueva propuesta.

Correspondería a este Poder Legislativo revisar anualmente las metodologías, en cuanto a los componentes del costo y la relación entre ellos, una vez presentada la propuesta.

El legislador recordó que la primera meta del Objetivo número 6 de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible establece el acceso universal y equitativo al agua potable a un precio asequible, por lo que “como legisladores y garantes de los derechos humanos, no podemos permitir que el acceso a este servicio público se realice a expensas de otros derechos fundamentales, como la alimentación, la vivienda o incluso la educación”.

Con la adhesión del Grupo Legislativo de Morena, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 99 y 101 y adiciona los artículos 99 Bis, 99 Ter y 100 Bis de la Ley Número 21 de Aguas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, fue turnada a la Comisión Permanente de Agua Potable y Saneamiento.


Mediante una Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley número 21 de Aguas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el diputado Fernando Arteaga Aponte planteó generar condiciones para garantizar que el agua potable sea accesible y asequible para las y los veracruzanos.

Al participar en la Sexta Sesión Ordinaria del Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional, el legislador explicó que su iniciativa propone que el servicio de agua potable debe ser medido con aparatos específicos que correrán a cuenta del prestador del servicio y que únicamente para los casos en los que por algún motivo no se cuente con tales dispositivos, por causas ajenas a éste último, se deberá aplicar cuotas fijas previamente aprobadas por esta Soberanía.

De esta manera, amplió, se garantiza al usuario que la erogación por tal servicio siempre será proporcional a su consumo, pudiendo dar lugar al cobro de tarifas preferenciales en aquellos casos en que exista un uso eficiente y moderado de agua potable.

La reforma al Artículo 99 prevé que el órgano de gobierno del organismo operador o su equivalente y los concesionarios deberán presentar al Congreso del Estado la propuesta de cuotas y tarifas para el cobro de los servicios de suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales a su cargo.

En todo caso, la propuesta será actualizada por el prestador de los servicios acatando las metodologías que expida el Congreso del Estado y que establecerán los parámetros y su interrelación para el cálculo de las tarifas medias de equilibrio, con base en la fórmula general que se define en la misma ley.

El diputado Fernando Arteaga Aponte plantea que la propuesta para el cobro de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales deberá ser presentada por el organismo operador y los concesionarios a más tardar el 15 de noviembre del año previo en que deban entrar en vigor las cuotas y tarifas. Además, el Congreso del Estado analizará las propuestas presentadas, dictaminará y aprobará, a más tardar, el 31 de diciembre del año previo en que deban entrar en vigor.

También se considera que, en caso de que el prestador del servicio no presente su propuesta conforme a lo dispuesto en dicho ordenamiento, este Congreso determinará las tarifas que tendrán vigencia en el año siguiente, en tanto no se apruebe la nueva propuesta.

Correspondería a este Poder Legislativo revisar anualmente las metodologías, en cuanto a los componentes del costo y la relación entre ellos, una vez presentada la propuesta.

El legislador recordó que la primera meta del Objetivo número 6 de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible establece el acceso universal y equitativo al agua potable a un precio asequible, por lo que “como legisladores y garantes de los derechos humanos, no podemos permitir que el acceso a este servicio público se realice a expensas de otros derechos fundamentales, como la alimentación, la vivienda o incluso la educación”.

Con la adhesión del Grupo Legislativo de Morena, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 99 y 101 y adiciona los artículos 99 Bis, 99 Ter y 100 Bis de la Ley Número 21 de Aguas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, fue turnada a la Comisión Permanente de Agua Potable y Saneamiento.


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