Con las facilidades que ofrece el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para presentar la Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023, son los menos los que no cumplen con esa obligación, explica Edmundo Rogelio Naranjo Dávalos, administrador de Servicios al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria.
Detalló que en lo que se refiere a las personas morales la mayoría cumple con sus obligaciones fiscales porque al rezagarse les cuesta pagar recargos, pero la generalidad lo hace dentro del plazo o un poco después con las consecuencias de tener que costear los recargos correspondientes, expresó.
¿Cuál es la fecha límite para hacer la declaración anual ante el SAT?
En Veracruz, comentó, son alrededor de 80 mil contribuyentes en el esquema de personas morales los que deben cumplir con esta obligación en el periodo del primero de enero hasta el primero de abril del presente año.
Naranjo Dávalos reiteró que el SAT mejoró sus herramientas para que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones, porque el objetivo es incrementar la recaudación a niveles históricos para fortalecer la economía y el bienestar de la población.
Herramientas del SAT
Para dar un mejor servicio a los contribuyentes, remarca que se pusieron a disposición canales de atención remota en horario de lunes a viernes de 9 a 18 horas. En el caso del MarcaSAT al 5562722728. El chat uno a uno y Mi Postal, que lo pueden ubicar dentro del portal SAT.
De igual forma puede seguir las publicaciones del SAT en redes sociales para mantenerse informado.
Requisitos para presentar la Declaración Anual en el SAT
Los requisitos para presentar la declaración son:
- Contar con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
- Firma electrónica vigente
- Contar con la información de los montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros
Es importante, dijo, que las personas morales presenten su declaración anual del ejercicio fiscal 2023 y para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Servicio de Administración Tributaria actualizó e hizo mejoras al sistema.
Entre los más destacados cambios están que pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar, que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de 2013 a 2021.
Además se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior, entre otras modificaciones para agilizar el proceso, dijo.