Xalapa, Ver.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que corresponde al presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado designar a una persona ante la falta de magistrado pero no nombrarla con ese carácter.
La tesis VII de Tribunales Colegiados de Circuito publicada el pasado viernes 22 de noviembre como tesis aislada, resolvió el amparo 258/2019 del Tribunal Superior de Justicia del Estado sobre ante la falta de magistrado poder designar a un juez para suplirlo.
"Corresponde al presidente del Tribunal Superior de Justicia adoptar, en los casos urgentes, las medidas necesarias para la correcta impartición de justicia. En tales condiciones, ante la falta de un Magistrado que integre una Sala de ese tribunal, su presidente ejerce dicha atribución”, resolvió la SCJN.
Explicó que se puede solicitar a un persona cubrir el cargo de magistrado pero no realizar el nombramiento de togado, esto para dar celeridad en la resolución de asuntos.
Sólo hace la designación o encomienda de una persona para integrar debidamente la Sala que corresponde, a efecto de dar celeridad a la resolución de los asuntos y, por tanto, no obstaculizar el funcionamiento de la misma. Sin que ello implique que a la persona designada se le confiera el cargo de Magistrado
Esto fue resuelto por el segundo tribunal colegiado en materia civil del séptimo circuito, fue aprobado por mayoría de votos, como ponente: fue Isidro Pedro Alcántara Valdés y como secretario estuvo Flavio Bernardo Galván Zilli.