Si algún familiar o conocido se encuentra en Estados Unidos o Canadá y lamentablemente falleció y buscan trasladar sus restos o cenizas al territorio mexicano, existe una opción que puede ayudar, misma que es brindada por oficinas consulares.
En particular, para todos los mexicanos que radican en los países anteriormente mencionados, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) comparte el procedimiento y requisitos necesarios para que una persona pueda trasladar los restos de un familiar hacia México que, en algunas excepciones y casos particulares, pueden incluir el apoyo económico para la familia que así lo requiera.
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¿Qué se necesita para trasladar los restos de una persona a México?
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) explica que cuando una persona mexicana fallece en el extranjero, los familiares pueden recibir asesoría y apoyo para poder realizar los trámites necesarios para trasladar a su familiar.
En este caso, la familia deberá de contar y presentar algunos documentos como:
- -Acta de nacimiento del fallecido (en caso de contar con ello, familiares deberán firmar un documento que lo declare).
- -Identificación de la persona que solicita el traslado.
Para el proceso, la SRE explica que se hará uso de dos funerarias. Una de ellas será la encargada de embalsamar o cremar el cuerpo en el lugar del fallecimiento y la segunda será la responsable del manejo y recepción de los restos en México.
Para ello, la familia podrá contar con asesoría e información, si lo solicita, de aquellas funerarias que están especializadas en el traslado de restos de personas en el extranjero.
Una vez reunido lo anterior, familiares deberán contar con los documentos necesarios para el traslado de los restos que consisten en:
- -Acta de defunción.
- -Apostilla o legalización de la misma (acta de defunción.
- -Certificado de cremación o embalsamiento.
- -Permiso de tránsito para el cadáver o las cenizas.
En estos puntos es importante señalar que la apostilla es una certificación que sirve para autenticar documentos. Por lo tanto, la SRE expone que ésta misma es emitida por autoridades locales.
Aunado a ello, aunque muchas veces el certificado de cremación no siempre es solicitado, explican que sí es importante tramitarlo y llevarlo consigo, pues algunas aerolíneas y aduanas lo requieren.
Cuando se reúnan los requisitos anteriores, se podrán presentar en la Embajada Mexicana o Consulado más cercano donde se otorgarán: la Visa que permitirá el traslado de cuerpo o cenizas y Visa para certificar el embalsamado o cremación.
La SRE recomienda solicitar el acta de defunción mexicana, pues será necesaria si los restos son trasladados a la zona metropolitana o la Ciudad de México.
¿Cómo acceder al apoyo económico?
Como se mencionó anteriormente, también existe la posibilidad de apoyo económico, sin embargo, hay algunas excepciones. Este apoyo, de acuerdo a la SRE, se realiza en caso de insolvencia económica que se pueda comprobar y se considera para cubrir parcialmente los gastos de traslado.
Entre estos gastos únicamente se otorgan para cubrir los servicios básicos de traslado, así como de cremación o embalsamiento, por lo que los gastos de velación o servicios luctuosos deberán ser responsabilidad de los familiares.
Para más información, autoridades ponen a disposición el número del Centro de Información y Asistencia a Personas Mexicanas (CIAM), 520-623-7874 para las personas que viven en los Estados Unidos o Canadá.
Sin embargo, si la familia radica en otro país fuera de los mencionados, pueden consultar más información en el siguiente enlace https://bit.ly/3TH6N1m.