/ jueves 10 de noviembre de 2022

Sí intervendrá el Congreso en la tesorería de San Andrés Tuxtla

Será por dos años para analizar transparencia

Por una temporalidad de dos años y con la finalidad de supervisar y evaluar que el gasto programado cumpla con los objetivos establecidos.

El Pleno de la LXVI Legislatura aprobó el dictamen de la Comisión Permanente de Vigilancia, por el cual se autoriza intervenir la tesorería del ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz, con un alcance material de intervención directa y por una temporalidad de dos años, con la finalidad de supervisar y evaluar que el gasto programado cumpla con los objetivos establecidos dentro de los criterios de eficacia, eficiencia, responsabilidad y transparencia.

Asimismo y de conformidad con el artículo 61, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado, se instruyó a la Secretaría General del Congreso local, para que, de acuerdo con la estructura orgánica y administrativa, designe el interventor correspondiente y cumpla los efectos señalados anteriormente.

 

 

En el dictamen, la Comisión de Vigilancia expone que la designación de un interventor tiene como finalidad garantizar la transparencia en la utilización de los recursos públicos a través del control, vigilancia y fincamiento de responsabilidades, permitiendo concretar la auditoría integral a la Cuenta Pública, determinar la omisión y el incumplimiento de las obligaciones que haya lugar, así como la evaluación y regularización del gasto público, a efecto de que cumpla con los criterios de eficacia, eficiencia, responsabilidad y transparencia.

Además, previamente refiere que este Congreso, a través del área correspondiente, inició el pasado 20 de octubre acciones de fiscalización al ayuntamiento en mención. Dichos actos, tendrían como finalidad que el Ayuntamiento ofreciera y entregara información que permitiera razonar el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones que tienen como municipio y combatir la veracidad sobre el manejo opaco de los recursos.

Sin embargo, aclara, lejos de abonar al esclarecimiento de los datos y cooperar con la autoridad en una actitud de transparencia y cumplimiento de las obligaciones, en diversas ocasiones, a través de la persona designada por la presidenta municipal, se negó a entregar información.

Con el objeto con los actos de fiscalización, en reiteradas ocasiones el personal habilitado por el Congreso para practicar la diligencia, requirió la información a la autoridad municipal; no obstante y hasta el momento, perdura la respuesta negativa y una actitud contraria a la cooperación y la transparencia, respecto a los datos requeridos, cuestión que el personal actuante hizo constar en el acta de hechos.

Por último, se establece que dadas las circunstancias y al persistir el problema y agravarse aún más el riesgo existente sobre un posible daño patrimonial de imposible reparación, así como una afectación al presupuesto y a la esfera pública y social del ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, se considera prudente, necesario y urgente designar un interventor a la tesorería municipal.

Por una temporalidad de dos años y con la finalidad de supervisar y evaluar que el gasto programado cumpla con los objetivos establecidos.

El Pleno de la LXVI Legislatura aprobó el dictamen de la Comisión Permanente de Vigilancia, por el cual se autoriza intervenir la tesorería del ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz, con un alcance material de intervención directa y por una temporalidad de dos años, con la finalidad de supervisar y evaluar que el gasto programado cumpla con los objetivos establecidos dentro de los criterios de eficacia, eficiencia, responsabilidad y transparencia.

Asimismo y de conformidad con el artículo 61, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado, se instruyó a la Secretaría General del Congreso local, para que, de acuerdo con la estructura orgánica y administrativa, designe el interventor correspondiente y cumpla los efectos señalados anteriormente.

 

 

En el dictamen, la Comisión de Vigilancia expone que la designación de un interventor tiene como finalidad garantizar la transparencia en la utilización de los recursos públicos a través del control, vigilancia y fincamiento de responsabilidades, permitiendo concretar la auditoría integral a la Cuenta Pública, determinar la omisión y el incumplimiento de las obligaciones que haya lugar, así como la evaluación y regularización del gasto público, a efecto de que cumpla con los criterios de eficacia, eficiencia, responsabilidad y transparencia.

Además, previamente refiere que este Congreso, a través del área correspondiente, inició el pasado 20 de octubre acciones de fiscalización al ayuntamiento en mención. Dichos actos, tendrían como finalidad que el Ayuntamiento ofreciera y entregara información que permitiera razonar el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones que tienen como municipio y combatir la veracidad sobre el manejo opaco de los recursos.

Sin embargo, aclara, lejos de abonar al esclarecimiento de los datos y cooperar con la autoridad en una actitud de transparencia y cumplimiento de las obligaciones, en diversas ocasiones, a través de la persona designada por la presidenta municipal, se negó a entregar información.

Con el objeto con los actos de fiscalización, en reiteradas ocasiones el personal habilitado por el Congreso para practicar la diligencia, requirió la información a la autoridad municipal; no obstante y hasta el momento, perdura la respuesta negativa y una actitud contraria a la cooperación y la transparencia, respecto a los datos requeridos, cuestión que el personal actuante hizo constar en el acta de hechos.

Por último, se establece que dadas las circunstancias y al persistir el problema y agravarse aún más el riesgo existente sobre un posible daño patrimonial de imposible reparación, así como una afectación al presupuesto y a la esfera pública y social del ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, se considera prudente, necesario y urgente designar un interventor a la tesorería municipal.

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