La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) notificó al Congreso del Estado la resolución de declaratoria de inconstitucionalidad del delito de ultrajes a la autoridad, la cual tendrá como retroactividad al 12 de marzo de 2021.
A través de la correspondencia, los legisladores fueron notificados sobre la declaratoria de invalidez de los artículos 331 en sus fracciones I, II y IV, y del 371 en su fracción II, ambos del Código Penal del Estado de Veracruz.
En la sesión de la Diputación Permanente se dio lectura al oficio SGA/MOKM/65/2022, signado por la Secretaría General de Acuerdos de la Suprema Corte, el cual contiene la transcripción de los resolutivos de la sentencia dictada en la acción de inconstitucionalidad 59/2021 y su acumulada 66/2021, las cuales fueron presentadas por diputados locales y la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Ante ello, la presidenta de la Mesa Directiva, Cecilia Guevara Guembe, únicamente mencionó que la LXVI legislatura se "daba por enterada".
Fue el pasado martes que se declaró la invalidez de los artículos 331, en sus fracciones I, II y IV, del artículo 371, en su fracción II, del Código Penal del Estado de Veracruz por resultar violatorios a los derechos de libertad de expresión, legalidad y el principio de taxatividad.
“En consecuencia a la declaratoria de invalidez, se propone que surta efectos retroactivos al 12 de marzo de 2021, fecha en que ese ordenamiento legal entró en vigor, a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia al Congreso del Estado de Veracruz”, se determinó al resolver la acción de inconstitucionalidad.
Con dicha aprobación, se determinó que la declaratoria de inconstitucionalidad surtirá efectos una vez que la Suprema Corte notifique al Congreso del Estado, al Poder Ejecutivo, al Poder Judicial, a los Tribunales Colegiados en Materia Penal; así como a los Tribunales Unitarios, Juzgados de Distrito y al Centro de Justicia Penal Federal que ejercen jurisdicción en el séptimo circuito; así como a la Fiscalía General del Estado (FGE).
Al emitir la notificación, el resolutivo de modificación deberá ser publicado en la Gaceta Oficial del Estado, con lo que este delito quedará sin efectos.