Ultrajes a la autoridad: ¿Derechos Humanos puede interceder por los detenidos?

La presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos explicó que no es posible la intervención del organismo a su cargo ante detenidos por ultrajes a la autoridad

Itzel Molina | Diario de Xalapa

  · martes 12 de abril de 2022

Derechos Humanos no puede interceder por los detenidos acusados por el presunto delito de ultrajes a la autoridad que no han sido liberados | Foto: Pixabay

La presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Namiko Matzumoto Benítez, reconoció que el organismo no puede interceder por los detenidos acusados por el presunto delito de ultrajes a la autoridad que no han sido liberados.

En entrevista, realizada en el Congreso local, refirió que a pesar de la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 332 del Código Penal para el Estado de Veracruz que deroga la norma legal por ser violatoria de derechos humanos, no es posible la intervención del organismo a su cargo.

"Los actos de los jueces no son materia del conocimiento de la Comisión Estatal de Derechos Humanos por disposición expresa de la ley", dijo.

Destacó que la Comisión conoce de actos y omisiones de servidores públicos y autoridades, pero únicamente en materia administrativa.

"Ningún acto o valoración de algún órgano jurisdiccional es competencia de la Comisión", argumentó.

En marzo pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró por unanimidad la inconstitucionalidad del delito de ultrajes a la autoridad por violar el principio de taxatividad.

La SCJN declaró, además, el efecto retroactivo a favor de todos los procesados por este delito en Veracruz desde el 12 de marzo de 2021, fecha en que entró en vigor la reforma que aumentó las penas de este tipo penal.

Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Namiko Matzumoto Benítez | Foto: René Corrales | Diario de Xalapa

Sin embargo, pese a ser un hecho público y notorio, los jueces de control se han negado a sobreseer los procesos en contra de decenas de personas acusadas de este delito.

Lo anterior bajo el argumento de que la declaratoria no puede cobrar vigencia pues no ha sido publicado en la Gaceta Oficial del Estado.

Ante ello, quienes han logrado recobrar su libertad lo han hecho en cumplimiento a suspensiones o amparos otorgados por jueces federales.