La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) informó hoy de una sentencia en la que determinó que el Estado mexicano es responsable por las torturas sexuales y violaciones sufridas por mujeres en el año 2006.
La sentencia establece como víctimas a Yolanda Muñoz Diosdada, Norma Aidé Jiménez Osorio, María Patricia Romero Hernández, Mariana Selvas Gómez, Georgina Edith Rosales Gutiérrez, Ana María Velasco Rodríguez, Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo, Bárbara Italia Méndez Moreno, María Cristina Sánchez Hernández, Angélica Patricia Torres Linares y Claudia Hernández Martínez,
Los hechos del caso se relacionan con los operativos realizados por autoridades policiales en los municipios de San Salvador de Atenco, Texcoco, y en la carretera Texcoco-Lechería para reprimir las manifestaciones que se llevaban a cabo los días 3 y 4 de mayo de 2006.
En estos operativos fueron detenidas las once mujeres víctimas del caso, quienes durante su captura y mientras eran trasladadas e ingresadas al Centro de Readaptación Social (Cepreso) "Santiaguito", fueron sometidas a violencia, incluida la violación sexual en el caso de siete de ellas, indicó la CorteIDH.
"Varias de las víctimas sufrieron un trato denigrante por parte de los primeros médicos en atenderlas al llegar al Cepreso, quienes se negaron a revisarlas, a practicar exámenes ginecológicos, así como a reportar o registrar la violación sexual", afirmó la Corte Interamericana.
Los jueces detallaron que las autoridades mexicanas iniciaron diversos procesos penales para investigar los hechos, pero ninguno ha concluido, a excepción de un procedimiento penal que finalizó con una absolución.
En el trámite del caso ante la CorteIDH, México reconoció su responsabilidad internacional por la violencia física, psicológica y sexual, incluyendo actos de tortura, sufridos por las once mujeres víctimas de este caso, así como por la privación de la libertad, la falta de notificación de las razones de la detención y la ausencia de una defensa adecuada.
"La actuación de las autoridades de seguridad al desarrollar los operativos del 3 y 4 de mayo de 2006 se caracterizó por el uso de la fuerza de manera indiscriminada y excesiva contra toda persona que asumieran que formaba parte de las manifestaciones", señala la sentencia de la CorteIDH.
Los jueces determinaron que "las once mujeres víctimas del caso estaban ejerciendo conductas pacíficas o de resguardo de su integridad cuando fueron detenidas".
"El uso de la fuerza por parte de las autoridades policiales al momento de detenerlas no fue legítimo ni necesario, pero además fue excesivo e inaceptable por la naturaleza sexual y discriminatoria de las agresiones sufridas", precisa la sentencia.
La Corte determinó que las once mujeres sufrieron violencia sexual, por medio de agresiones verbales y físicas con connotaciones y alusiones sexuales; y siete de ellas también fueron víctimas de violaciones sexuales.
El Tribunal concluyó que las detenciones de las once mujeres fueron "ilegales y arbitrarias" y que las investigaciones realizadas por el Estado no fueron llevadas a cabo con la debida diligencia y perspectiva de género requeridas.
La Corte Interamericana ordenó al Estado llevar a cabo "investigaciones amplias, sistemáticas y minuciosas, incluyendo una perspectiva de género, que sean necesarias para determinar, juzgar, y, en su caso, sancionar a todos los responsables de la violencia y tortura sexual sufrida por las once mujeres víctimas".
México también deberá realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpas públicas.