La Fiscalía General de la República (FGR) impugnó el mandato de un juez federal de regresar a Tomás Zerón de Lucio, ex titular de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), el servicio de escoltas y protección que le fue concedido desde septiembre de 2016, y que le fue retirado en la actual administración.
En julio pasado, De Lucio, quien está en medio de la polémica por posibles irregularidades en las indagatorias sobre el caso Ayotzinapa, obtuvo una suspensión con la que logro que las autoridades federales le restituyan la escolta que tenía.
Se trata de 24 agentes de la Policía Federal Ministerial, cuatro vehículos blindados y cuatro de seguimiento. Originalmente, le fue asignada por la anterior Procuraduría General de la República (PGR) hasta 2021.
Fue la jueza Laura Gutiérrez de Velasco, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa, quien concedió a Zerón la suspensión provisional y esta fue confirmada por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que declaró infundada una queja de la FGR.
Los juzgadores basaron su decisión en tres acuerdos confidenciales de sexenios previos, uno del presidente de la República y dos de la PGR, que regulan la protección a exfuncionarios de áreas de seguridad.
Inconforme la FGR consideró "excesivo" mantener la escolta de 24 agentes y ocho vehículos asegurando que el 10 de enero la redujo a 15 agentes, tres vehículos blindados, dos ligeros y una motocicleta, pero no probó este hecho. Por ello, se ordenó mantener la vigilancia original.
Mediante un recurso de revisión la FGR impugnó la suspensión definitiva concedida por el Juez Séptimo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México en la que se ordenó restituir a Zerón los 24 escoltas, cuatro carros blindados y cuatro más de seguimiento que tenía para protegerlo a él y su familia.
En consecuencia, un Tribunal Colegiado deberá analizar si procede o no devolver a Zerón el servicio de protección como fue ordenado en la suspensión definitiva.
En el amparo le fue concedida la suspensión provisional en la que se ordenó restituirle el servicio tal como se estipuló en el acuerdo de 2016 y aunque la FGR tramitó un recurso de queja contra dicha medida, el Noveno Tribunal Colegiado en materia Administrativa ratifico la decisión del juez de Distrito.
Esto porque los magistrados señalaron que la FGR no aportó ninguna prueba que acredite que efectivamente se modificaron los términos en los que Zerón de Lucio y su familia recibirían el servicio.