Al considerar que la Ley de Amnistía, es un acto humanitario y de justicia ante el panorama que estamos viviendo por el Covid-19, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hizo un llamado en calidad de urgente en favor de dicha ley por tratarse de un asunto de trascendencia nacional y un acto humanitario y de justicia.
Advierte que si bien nos encontramos en la tercera fase del Covid-19, “sería deseable que se extienda esta Ley para aquellos que fueron encarcelados injustamente, no sólo para disminuir los contagios y así despresurizar los centros penitenciarios, sino para ampliar los efectos, alcances y beneficios que tiene la impartición de justicia”, advierte el organismo nacional.
Hace hincapié que el Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, sobre la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Amnistía establece que ésta sería aplicable a favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales del orden federal.
Empero, siempre que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciadas o sentenciadas, por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la Ley, y en delitos de aborto, homicidio por razón de parentesco, cuando el sujeto pasivo sea el producto de la concepción en cualquier momento de la preñez (infanticidio).
Así como delitos contra la salud, siempre que sean de competencia federal (narcomenudeo y consumidores), y que quien los haya cometido se encuentre en situación de pobreza, cuando el delito se haya cometido por indicación de su cónyuge, pariente consanguíneo o por afinidad sin limitación de grado.
Otro supuesto es a quien pertenezca a un pueblo o comunidad indígena o afromexicana; Las personas consumidoras que hayan poseído narcóticos en cantidades superiores hasta en dos tantos a la dosis máxima de consumo personal, por cualquier delito, a personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas, por delito de robo simple y sin violencia, y finalmente por el delito de sedición.
El organismo nacional considero acertada la propuesta contenida en el Proyecto de Decreto, como parte de una estrategia de política criminal centrada en la justicia y en la atención de las causas del delito, ya que pone énfasis en la vulnerabilidad de ciertos grupos de población frente al sistema de justicia, como lo son las mujeres, los jóvenes y las personas indígenas.
Dijo esperar que se tenga especial consideración sobre todo para aquellas mujeres que se encuentran embarazadas y para el grupo de la tercera edad, ya que son estos los grupos más vulnerables ante la emergencia sanitaria que enfrenta el país.
“El proyecto de “Ley de Amnistía” no beneficiará a personas acusadas de homicidio, secuestro, lesiones graves, violencia o feminicidas, utilización de armas de fuego, violadores, tratantes, huachicoleros, delincuentes dedicados al robo de casas habitación, entre otros; y tampoco impide el enjuiciamiento de personas que podrían resultar jurídicamente responsables de crímenes por violaciones graves a los derechos humanos”.
“Además, no limita el derecho de las víctimas a un recurso efectivo y a la reparación integral del daño, en virtud de que la pena prisión no se concibe como un castigo, sino como un medio para procurar la reinserción social de quien ha sido señalado como responsable en la comisión de un delito. Por lo que puede considerarse como una ley justa”, señala la CNDH.