Con la finalidad de proponer un nuevo mecanismo para nombrar a los ministros que integran la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el PT en el Senado de la República, impulsa una iniciativa mediante la cual se pretende someter a los candidatos a un modelo de elección popular.
Para ello, el grupo parlamentario del PT, pretende reformas a los artículos 76, 89, 94, 95, 96 y 98 de la Constitución Política, mediante el cual se busca aprobar una lista de candidatos a ministros de la SCJN que se remita al Instituto Nacional Electoral (INE) para que éste proceda a la organización de un proceso electoral, como lo hace para cargos públicos como el del Presidente de la República.
Para ello, se prevé en el artículo 76 constitucional que dicha lista se apruebe por las dos terceras partes del Pleno del Senado y se integre con los perfiles que hayan cumplido con los “requisitos y criterios de elegibilidad e idoneidad”.
Igualmente, se propine una modificación al artículo 94 en el que se contempla una modificación para que el más Alto Tribunal del país se componga de 11 ministros “elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa”, se lee en la iniciativa con proyecto de reforma, el cual también añade “funcionará en Pleno o en Salas”.
Así mismo, contempla reducir a seis años la duración de su encargo. Por otra parte, se especifica en el Artículo 96 constitucional, que los aspirantes se elegirán mediante “el sufragio universal por la mayoría simple de votos”, así como que éstos no podrán realizar campañas electorales, sino que será el INE el organismo encargado de difundir los méritos de éstos.
“Si la vacante se produce por deceso, incapacidad permanente o cualquier otra circunstancia extraordinaria, el Senado abrirá un plazo de diez días naturales para la postulación de candidatas y candidatos a ocupar la vacante. En caso de que el Senado no se encuentre sesionando, la Comisión Permanente convocará inmediatamente a sesión extraordinaria para desahogar el procedimiento”, añade a este articulado la bancada petista en el Senado.
En este sentido, también se plantea una reforma al 98 constitucional para que en caso de que un ministro se ausente por más de un mes se lleve a cabo un proceso abreviado, como se indica en el artículo 96.