Legisladores de oposición informaron que impugnarán ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el decreto mediante el cual la Cámara de Senadores avaló que servidores públicos puedan difundir la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.
El pasado 17 de marzo, el Senado de la República avaló el dictamen de proyecto de decreto de la Ley Federal de Revocación de Mandato, cuyo principal objetivo fue que no se considere como propaganda gubernamental las expresiones de los servidores públicos de todos los niveles de gobierno a favor de promover la revocación de mandato.
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Ese mismo día dicho decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación en su edición vespertina, lo que hizo que este entrara en vigor al día siguiente.
En ese tenor los grupos de oposición calificaron a este decreto como un intento de “fraude a nuestra Ley Suprema con la finalidad de dejar sin materia los procesos judiciales derivados de las violaciones cometidas por partidarios de Morena”, quienes buscaban poder posicionarse en este tema pese a la veda electoral.
Ante ello los senadores del PAN, PRI, PRD y el Grupo Plural informaron que presentarán, además, una denuncia ante el Órgano Interno de Control del Senado por la ausencia de excusarse de conocer y votar un asunto del cual esperan “derivar un beneficio personal en el procedimiento sancionador al cual están sujetos al hacer propaganda gubernamental” en periodo prohibido por ley.
En otro orden de ideas acusaron que dicho decreto incurre en un “importante error en la lectura de las mismas leyes que busca interpretar”, debido a que dicho decreto fue elaborado sobre un texto no reformado de la Ley General de Acceso de las mujeres a una Vida Libre de Violencia que provocó diversas deficiencias.
“Producto de este error es que el decreto en su artículo primero sobre interpretación a la figura de propaganda gubernamental cita erróneamente el inciso b (violencia política de género) en vez del inciso c (propaganda gubernamental)”, señalaron.
Error similar se repite en el segundo artículo del decreto sobre el principio de interpretación del principio de imparcialidad, donde se indica de manera errónea el inciso c, correspondiente a propaganda, en vez del inciso d, que habla del principio de imparcialidad.
“Por ello, por medio del presente comunicado queremos señalar que esto no es un error menor; no se trata de una confusión que pueda ser sujeta a cambios a posteriori, tampoco sería posible resolverlo con una fe de erratas o una aclaración”, indicaron mediante un comunicado.
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Por lo anterior es que adelantaron su decisión de presentar una acción de inconstitucionalidad contra el decreto ante el Tribunal Pleno del país y la denuncia formal ante el Órgano Interno del Senado de la República.