/ martes 3 de diciembre de 2024

Sheinbaum envía a San Lázaro iniciativa para regular trabajo en plataformas digitales

La iniciativa busca que los trabajadores tengan días de descanso semanales, vacaciones y prima vacacional, aguinaldo, reparto de utilidades y horas extra

La presidenta Claudia Sheinbaum envió a la Cámara de Diputados la iniciativa para regular el trabajo en plataformas digitales, como Uber y Rappi, con la que busca garantizar que las personas que laboran en ellas cuenten con derechos como día de descanso semanal proporcional a sus horas de trabajo, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, reparto de utilidades y horas extras.

“Las personas trabajadoras en plataformas digitales disfrutarán de todos los derechos, incluyendo los colectivos reconocidos por la presente Ley, para lo cual las empresas de plataformas digitales deberán establecer mecanismos que garanticen su ejercicio pleno”, se lee en el artículo 291-I que se propone agregar a la Ley Federal del Trabajo (LFT).

La iniciativa también adiciona fracciones a los artículos 49, 50, 127, el capítulo IX Bis y el artículo 997-B de la LFT para definir, entre otras cosas, al trabajo en plataformas digitales como una “relación laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas que requieran la presencia física de la persona trabajadora para la prestación del servicio, las cuales son gestionadas por una persona física o moral en favor de terceros a través de una plataforma digital, utilizando las tecnologías de la información y la comunicación para ejercer el mando y la supervisión sobre la persona trabajadora”.

Así también, establece que para que la persona repartidora sea elegible en la Participación de los Trabajadores en Utilidades (PTU), deberá acreditar al menos 288 horas efectivas de trabajo.

El jueves, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnará la iniciativa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, presidida por la diputada de Morena Maiella Gómez, para su análisis y discusión.

Sanciones para plataformas

La reforma también establece sanciones por incumplimientos: en caso de que el trabajo no se fije mediante contrato se aplicarán a las plataformas multas desde 217 mil 140 pesos y hasta dos millones 714 mil 250 pesos; si las plataformas no otorgan en un una semana el pago derivados de los servicios otorgados serán acreedores a una multa desde 27 mil 142 pesos hasta 542 850 pesos.

Establece que las reglas para la asignación de entregas a través de algoritmos o mecanismos análogos deberán ser transparentes, claras y conocidas por todas las personas trabajadoras en plataformas digitales, de lo contrario serán acreedores a una multa que va desde 108 mil 570 pesos hasta dos millones 714 mil 250 pesos.

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También obliga a las personas físicas y morales que administren plataformas digitales a poner a disposición de las personas trabajadoras mecanismos para la atención y revisiones que afecten o interrumpan la conexión, vinculación o acceso a la plataforma y que en caso de incumplir se aplique una multa de 54 mil 285 pesos.

La presidenta Claudia Sheinbaum envió a la Cámara de Diputados la iniciativa para regular el trabajo en plataformas digitales, como Uber y Rappi, con la que busca garantizar que las personas que laboran en ellas cuenten con derechos como día de descanso semanal proporcional a sus horas de trabajo, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, reparto de utilidades y horas extras.

“Las personas trabajadoras en plataformas digitales disfrutarán de todos los derechos, incluyendo los colectivos reconocidos por la presente Ley, para lo cual las empresas de plataformas digitales deberán establecer mecanismos que garanticen su ejercicio pleno”, se lee en el artículo 291-I que se propone agregar a la Ley Federal del Trabajo (LFT).

La iniciativa también adiciona fracciones a los artículos 49, 50, 127, el capítulo IX Bis y el artículo 997-B de la LFT para definir, entre otras cosas, al trabajo en plataformas digitales como una “relación laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas que requieran la presencia física de la persona trabajadora para la prestación del servicio, las cuales son gestionadas por una persona física o moral en favor de terceros a través de una plataforma digital, utilizando las tecnologías de la información y la comunicación para ejercer el mando y la supervisión sobre la persona trabajadora”.

Así también, establece que para que la persona repartidora sea elegible en la Participación de los Trabajadores en Utilidades (PTU), deberá acreditar al menos 288 horas efectivas de trabajo.

El jueves, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnará la iniciativa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, presidida por la diputada de Morena Maiella Gómez, para su análisis y discusión.

Sanciones para plataformas

La reforma también establece sanciones por incumplimientos: en caso de que el trabajo no se fije mediante contrato se aplicarán a las plataformas multas desde 217 mil 140 pesos y hasta dos millones 714 mil 250 pesos; si las plataformas no otorgan en un una semana el pago derivados de los servicios otorgados serán acreedores a una multa desde 27 mil 142 pesos hasta 542 850 pesos.

Establece que las reglas para la asignación de entregas a través de algoritmos o mecanismos análogos deberán ser transparentes, claras y conocidas por todas las personas trabajadoras en plataformas digitales, de lo contrario serán acreedores a una multa que va desde 108 mil 570 pesos hasta dos millones 714 mil 250 pesos.

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También obliga a las personas físicas y morales que administren plataformas digitales a poner a disposición de las personas trabajadoras mecanismos para la atención y revisiones que afecten o interrumpan la conexión, vinculación o acceso a la plataforma y que en caso de incumplir se aplique una multa de 54 mil 285 pesos.

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