Por mandato presidencial las Fuerzas Armadas volverán a las calles a realizar funciones de seguridad pública hasta que la Guardia Nacional (GN) tenga las capacidades, estructura e implantación necesaria.
Así lo señala el documento publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en donde el presidente Andrés Manuel López Obrador menciona que estará vigente hasta el 27 de marzo de 2024.
"Se ordena a la Fuerza Armada permanente a participar de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública a cargo de ésta última, durante el tiempo en que dicha institución policial desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial".
Menciona que la Secretaría de Seguridad y Participación Ciudadana (SSPC) se debe de coordinar con el Ejército y Marina para realizar las labores de seguridad.
Por ello instruyo al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana para coordinarse con los secretarios de la Defensa Nacional y de Marina para definir la forma en que las actividades de la Fuerza Armada permanente complementarán la función de la Guardia Nacional.
El documento destaca que una de las funciones que pueden realizar son: pvenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determine la legislación aplicable; realizar investigación para la prevención de los delitos; así como detener a personas.
En el documento, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador el 8 de mayo pasado, se señala que este acuerdo era necesario para complementar el marco legal de la Guardia Nacional, en lo que esta nueva corporación desarrolla su propia estructura, capacidad e implementación territorial.
Se apunta que la seguridad pública es un deber primario a cargo del Estado, y que durante el periodo de cinco años en que el acuerdo tendrá vigencia, la labor de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad pública deberá sujetarse a lo que establecen diversas fracciones del artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional, en lo que respecta a prevención del delito, salvaguardad la integridad de las personas y su patrimonio, cumplir con los requisitos legales para una detención y colaborar con otras autoridades federales en funciones de vigilancia, verificación e inspección.
En otra parte del texto señala que dicho acuerdo no le da a los militares facultades que si tiene la GN, como son la investigación para la prevención de delitos, llevar a cabo operaciones encubiertas o realizar análisis de información para la generación de inteligencia.
Se advierte además, que la labor de los militares dentro de la GN debe respetar los derechos humanos: “la Fuerza Armada permanente se regirá en todo momento por la estricta observancia y respeto a los derechos humanos, en términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y observará la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza y demás ordenamientos en la materia.”
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