Ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizan por primera vez la forma en que se pueden adquirir en territorio nacional y de forma legal semillas de cannabis para su uso recreativo, por lo que de aprobarlo, las personas que han obtenido amparos para el consumo de esta droga podrán comprar las semillas a un productor o droguería autorizados por la Secretaría de Salud para manejar cannabis.
El proyecto de sentencia está a cargo del ministro Fernando Franco, quien señaló que las facilidades contenidas en la Ley General de Salud para adquirir semillas de mariguana y usarlas con fines médicos también pueden beneficiar a quienes buscan su utilización lúdica.
En su proyecto, el ministro consideró que si bien la ley prevé que la autorización exclusivamente será otorgada a droguerías y establecimientos destinados a la producción de medicamentos autorizados, nada impide que dentro de esos sujetos autorizados se considere a los quejosos con el objeto de proteger efectivamente el ejercicio de su derecho humano al libre desarrollo de la personalidad.
Por ello, advirtió que debe modificarse la sentencia recurrida para autorizar a los quejosos la adquisición dentro del territorio nacional “por una sola ocasión semillas de cannabis sativa, índica o americana (mariguana) a una droguería o un establecimiento destinado a producir medicamentos autorizados en términos del artículo 236 de la Ley General de Salud”.
De tener el consenso de los demás ministros, las tres personas que en 2017 se les autorizó el uso medicinal de la mariguana, podrán comprar por sólo una ocasión, semillas para poder cultivarlas.