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La SCJN invalidó el artículo del Código Civil de Baja California Sur con el que se impedía que los menores de edad pudieran solicitar el cambio de género en su acta de nacimiento
Tras el trámite administrativo, se logró la modificación en el acta de nacimiento y en lugar de que diga masculino o femenino, donde dice género o sexo, se escribe no binario
La persona que así lo desee, podrá cambiar de género sin tener que recibir ningún tipo de atención psicológica, sólo debe solicitarlo al Registro Civil
Después de más de 2 años de trabajo, la Clínica de Litigio Estratégico Transformaciones Jurídicas de la UV obtuvo su primer logro de la intervención jurídica “Amparo Carla”